Surtracrev Sindicato: 2016

sábado, 31 de diciembre de 2016

SI EL 2016 FUE EL AÑO DE LAS LUCHAS, EL 2017 SERÁ EL AÑO DE LAS VICTORIAS!

Nuestra Organización Sindical despide el 2016 con la satisfacción de haber sido un año lleno de experiencias, que nos servirán de base para construir y concretar los proyectos que nos propongamos para el nuevo año. 


2016, un año atípico por todas las situaciones adversas que hemos enfrentado, el cual nos ha dejado un gran aprendizaje que en otras circunstancias no hubiésemos adquirido; enhorabuena, para nuestro propósito de ejercer la representación de los Trabajadores eficazmente para la satisfacción de todo el colectivo, porque "el marinero no se hace experto con el mar en calma".

Situaciones como, lo difícil que se tornaron las relaciones entre Empresa y Sindicato, por los conflictos que se generaron a lo largo de este año, nos han obligado a prepararnos mejor y ser más exactos y asertivos a la hora de ejercer nuestras funciones sindicales. Aprendimos que, por ejemplo, un "punto" o una "coma" podría ser la diferencia en la interpretación de una cláusula contractual.

A raíz de estos conflictos laborales, en los Trabajadores de Cervecería Regional se ha despertado un gran espíritu de lucha, con la capacidad de distinguir cuales son las acciones que aportan y cuales restan en el logro de más y mejores beneficios; sin cohibirnos a ejercer nuestros derechos constitucionales en la defensa de los beneficios legales y contractuales que nos pertenecen. 

Lidiar con una inflación de cuatro dígitos, sin precedentes en nuestro país, nos exige diseñar herramientas que nos permitan proteger nuestros beneficios salariales y socio económicos a lo largo del tiempo; en una economía tan variable como la nuestra, nos hemos convencido que fijar aumentos de salarios sin mecanismos que los proteja, por muy alto que este sea, no es suficiente para mantener la calidad de vida de los Trabajadores.

Por todo esto y más, hoy nos sentimos preparados para afrontar un año que se prevé muy difícil para los venezolanos, pero que a pesar de todas las dificultades que se nos pudieran presentar, debemos cumplir con nuestra agenda en procura de reivindicar a los Trabajadores de esta Empresa. En el 2017 discutiremos una nueva Convención Colectiva y para ello, debemos seguir un cronograma de actividades de cara al compromiso más importante del año:
  • Para el segundo trimestre del año (abril - mayo - junio), se realizaran las mini asambleas por departamentos para la recolección de propuestas que quedarán plasmadas en el proyecto de Convención Colectiva. Visitaremos todos los centros de trabajo que dependan administrativamente de planta Maracaibo para escuchar las ideas de los Trabajadores, en el ejercicio de su derecho a participar en todos los asuntos que les compete. Instalaremos buzones de propuestas y sugerencias que también serán tomadas en cuenta a la hora de construir el proyecto del Contrato Colectivo.
  • En este mismo lapso, los Trabajadores que deseen participar como observadores en la negociación de la Convención Colectiva, podrán inscribirse en un listado que posteriormente será clasificado por grupos, para que asistan a las sesiones de trabajo que sean programadas. 
  • Prevemos que para el mes de junio debemos tener listo el proyecto de Convención Colectiva que sera presentado en Asamblea General de Trabajadores para su aprobación. 
  • En julio 2017, Dios mediante, consignaremos el proyecto del Contrato Colectivo ante la Inspectoria de Trabajo, tal como nos faculta nuestra normativa laboral, para que, previo cumplimiento de los procesos administrativos que les concierne, se inicie la discusión de la Convención Colectiva 2018 - 2020. 
Mañana inicia un nuevo año que lo recibiremos con mucha fe y esperanza, y con una gran disposición de trabajo elevadas a su mayor expresión; porque solo así podemos lograr nuestros objetivos, como Trabajadores que apuesta a las mejoras de nuestros beneficios a cambio de nuestra prestación de servicios con calidad y esmero. 

Nuestra Organización Sindical les desea un Feliz Año Nuevo 2017, y que la paz, salud y prosperidad reine en todos sus hogares, con la bendición de Dios por delante para superar los obstáculos que se nos atraviesen en los siguientes 365 días.

FELIZ AÑO 2017
DIOS CON NOSOTROS!

miércoles, 28 de diciembre de 2016

DOS TIEMPOS, DOS SITUACIONES DISTINTAS


La publicación de la imagen que se muestra fue publicada en este Blog el 21 de noviembre de 2012.

Nuestra Organización Sindical consciente del rol que cumplimos los Trabajadores, en determinado momento coyuntural emitió un comunicado llamando al colectivo a bajar los niveles de ausentismo en una temporada donde Cervecería Regional necesitaba de nosotros. 

Aquellos tiempos de Addy Romero y Zoraida Guevara, VP de Recursos Humanos y Legal respectivamente, donde la confianza, el respeto y entendimiento prevalecía entre las partes, a pesar de nuestras diferencias y los hechos que antecedieron nuestra relación como representantes de la Empresa y de los Trabajadores. Hoy es otra realidad, donde no existe nada de lo que antes caracterizaba esta relación, debido a las directrices a las que hoy está sujeta Cervecería Regional; trayendo como consecuencia el ambiente más hostil que pudiera generarse en un centro de trabajo. 

Infinidades de veces este Sindicato ha dado un paso al frente para salir juntos adelante, tomándonos incluso atribuciones que no nos compete, mientras los gerentes de producción y distribución esperaban los buenos resultados. Entonces, ¿Que espera Cervecería Regional de SINTRACREZ en esta oportunidad? Si nos llevan a "pan y agua" durante este atípico año, marcando la más abierta diferencia entre la nómina que elaboramos el producto y la nómina que administra el negocio. 

El Sindicato rechaza contundentemente los actos vandálicos que se han venido suscitando en Planta Maracaibo, pero quien genera Paz Laboral y podría erradicar el descontento, es el capital con sus recursos, capaz de brindar estabilidad y bienestar a los Trabajadores y sus familiares.

lunes, 26 de diciembre de 2016

A LOS TRABAJADORES DE CEDIS SUR Y NORTE


El Sindicato acude a este medio de comunicación para informarles a los Trabajadores de CEDIS Sur y CEDIS Norte que la Empresa nos ha presentado, de manera verbal, una propuesta de cambio de horario en estos centros de trabajo, la cual será evaluada por el Sindicato una vez reciba de la Empresa, el acta convenio del cambio de horario propuesto, para su revisión y validación por parte de la representación de los Trabajadores.

El Sindicato en la revisión de esta acta se regirá por lo establecido en la cláusula 62 de la vigente Convención Colectiva. 
"La Entidad de Trabajo respetará y cumplirá la rotación de los turnos establecidos para el trabajo, en todos sus establecimientos. Solo en caso de extrema necesidad de un cambio las partes evaluarán la circunstancia para, de mutuo acuerdo, determinar los términos en que se producirán dichos cambios. La Entidad de Trabajo notificará al Sindicato con la menos veinticuatro (24) horas de anticipación cualquier cambio o modificaciones en el horario de trabajo que involucre a uno (1) o más Trabajadores o Trabajadoras. Cuando al Trabajador le sea cambiado su turno y desmejore su salario en la semana, la Entidad de Trabajo le pagará el salario del turno de acuerdo a la jornada que le correspondía antes del cambio. (...)"
El llamado es a los Trabajadores de dichos centros de trabajo, a hacer caso omiso a cualquier solicitud de la Empresa a firmar documentos que traten sobre cambios de horario o algo que se le parezca; hasta tanto el Sindicato evalué las condiciones del mismo y autorice su aceptación.

jueves, 22 de diciembre de 2016

LO ÚLTIMO!


Luego que las reuniones del Comité Ampliado en planta Maracaibo cerrarán sin resultados positivos en materia salarial, la Empresa le reconoció a los Trabajadores de nómina diaria de Planta Cagua un ajuste de salario extra contractual del 10%, adicional al 20% que se les otorgó el 1 de diciembre como complemento al aumento que les correspondía por Convención Colectiva (20%), sumando todo esto un ajuste del 50% sobre el salario básico de los Trabajadores. 

Así mismo, Cervecería Regional también le aprobó a los Trabajadores de Planta Cagua, un bono adicional por concepto de juguetes de 10.000 Bs. el cual fue depositado el día de hoy, jueves 22 de diciembre. 

A pesar de que nuestra Organización Sindical mostrara disposición de resolver el presente conflicto a través del dialogo, la Empresa negó toda posibilidad de ajustar el salario de los Trabajadores considerando la propuesta del Sindicato, la cual fue enmarcada en el aumento salarial que se les otorgó a los Trabajadores de nómina mensual; sin embargo en contradicción con esto, en Planta Cagua la Empresa aprobó un ajuste extra contractual de hasta un 30% ignorando las solicitudes y necesidades de los Trabajadores de Planta Maracaibo. 

Hoy los Trabajadores de Planta Maracaibo somos victimas del más vil acto de exclusión por parte de quienes dirigen a Cervecería Regional, burlándose del hambre y necesidad de las personas que hacemos vida en los centros de trabajo de esta Empresa en la Región Occidental del país.

Es triste y lamentable como se ha venido deteriorando, por culpa de unos cuantos, aquello que enaltecíamos con tanto orgullo y sentido de pertenencia, ser Trabajadores de Cervecería Regional.

Hoy nos toca defender lo nuestro con la vista puesta, única y exclusivamente, en nuestros puestos de trabajo e intereses, trabajando día a día para nuestro beneficio y el de nuestras familias.

lunes, 19 de diciembre de 2016

COMITÉ AMPLIADO: DIALOGO SIN ACUERDO SALARIAL (+DETALLES DE LA SESIÓN DE CIERRE)

En sesión de clausura, la Empresa, el Sindicato y los Trabajadores de Cervecería Regional planta Maracaibo, pusimos fin al Comité Ampliado que tenía como propósito reconciliar las posiciones de ambas partes, cuyo intento fallido nos deja más que resultados, una gran experiencia que nos prepara para la negociación del nuevo Contrato Colectivo el próximo año.


En una mesa de negociaciones se apuesta al Ganar - Ganar con aspiraciones fundamentadas en criterios objetivos, tal como se venían llevando en Cervecería Regional planta Maracaibo, pero en esta oportunidad prevaleció el interés de las partes dejando como resultado el peor de los conflictos laborales jamás visto en esta Empresa.

Seguidamente hacemos un resumen del Comité Ampliado que para los Trabajadores adscritos a planta Maracaibo, cubrió un 10% de nuestras expectativas, en lo que a resultados se refiere, sin llevarse la Empresa la mejor parte en medio de un descontento masivo entre quienes producimos y distribuimos la cerveza y malta a nivel Nacional.

AJUSTE SALARIAL
La "médula" del Comité Ampliado fue la solicitud del Sindicato de otorgar a los Trabajadores de nómina diaria un ajuste salarial que fuese equiparado con el aumento de salario concedido recientemente a los Trabajadores de nómina mensual, tal como venía ocurriendo hasta enero de 2016, cuando Cervecería Regional comenzó a diferenciar una nómina de otra en cuanto a los ajustes salariales y otros beneficios otorgados por Convención Colectiva a los Trabajadores de nómina diaria, y los concedidos a la nómina mensual a través de sus Contratos Individuales. 

Ante la solicitud del Sindicato, la Empresa insistió durante todo el desarrollo del debate, ofrecer un aumento de salario a los nómina diaria del 40% sobre el salario básico a partir del 1 de diciembre, en sustitución del aumento que establece la Convención Colectiva para enero 2017 (25%); siendo este inferior al otorgado a los Trabajadores de nómina mensual desde el 01 de noviembre del presente año (50%). 

Sobre este punto no se logró llegar a un acuerdo dada las posiciones indeclinables de las partes. 

CESTATICKET
La solicitud del Sindicato sobre este particular, era la de otorgarle carácter permanente al beneficio del Cestaticket, aquel que se obliga a pagar vía decreto presidencial en el marco de la emergencia económica decretada por el Presidente de la República. Además, el Sindicato solicitó que este beneficio sea depositado en la Tarjeta Bonus Tebca, junto al Subsidio de Alimentación, debido a los problemas que se estaban presentando en los comercios con el uso de la Tarjeta Plata, por el cobro de comisiones.

La Empresa no consideró darle carácter permanente al beneficio del Cestaticket de los Trabajadores de nómina diaria, carácter que si le aplica al beneficio de los Trabajadores de nómina mensual desde la puesta en vigencia del mencionado decreto presidencial. Por otra parte, la Empresa accedió a la propuesta del Sindicato de depositar ambos beneficios, Cestaticket y Subsidio de Alimentación, en la Tarjeta Bonus Tebca a partir del mes de enero de 2017, método de pago que se ha venido aplicando a los Trabajadores de nómina mensual sin distinguirse entre un beneficio y otro.

PUNTOS DEL PLIEGO DE PETICIONES
El Sindicato llevó a la mesa del Comité Ampliado una serie de cláusulas contractuales que forman parte del Pliego de Peticiones interpuesto ante la Inspectoría del Trabajo en noviembre del presente año, en procura de darle fiel cumplimiento al vigente Contrato Colectivo.

Clausula 19: Correspondencia: El Sindicato exhortó a la Empresa a cumplir con los lapsos establecidos en la Convención Colectiva para dar respuesta a las solicitudes de los Trabajadores. La Empresa ratificó su obligación de mantener los canales de comunicación establecidos en la Convención Colectiva y respetar los lapsos contemplados en dicha norma. 

Cláusula 10: Tiempo Efectivo de Trabajo: La Empresa dio respuesta "a medias" a la solicitud del Sindicato de cumplir con lo establecido en esta clausula contractual. La Empresa reconoció su error involuntario en el cálculo del pago de los reposos médicos a causa de enfermedad común o accidente de trabajo, y se comprometió que en un lapso de 30 días continuos hará el levantamiento de la data para determinar el pasivo adeudado a los Trabajadores y la fecha efectiva de pago. La Empresa reconoció el beneficio a través de la cláusula 23.1 y no por lo establecido en la cláusula 10, no dando respuesta a la solicitud del Sindicato de reconocer el pago de todos los beneficios legales y contractuales en los casos de Permisos Remunerados. 

Cláusula 33: Seguro HCM: El planteamiento del Sindicato no fue considerado por el Patrono, quien difiere del criterio de la representación sindical, en cuanto a la obligación de la Empresa de pagar el 100% del Exceso, sea cual sea, llámese como se llame, Exceso I o II; de la cobertura de la póliza de Seguro HCM contratada por los Trabajadores, ya que en la cláusula contractual hace mención a un solo concepto, sin distinción alguna, que la Empresa debe pagar en su totalidad. 

Cláusula 71: Cálculo del Pago del Día Sábado y Domingo: Otro punto "gris" donde la Empresa y el Sindicato no logramos un acuerdo, fue precisamente en esta cláusula contractual donde se establece la formula de cálculo para el pago del día sábado y domingo, cuya interpretación patronal difiere al criterio del Sindicato quien insiste que la Empresa adeuda a los Trabajadores lo dejado de percibir, durante todo el tiempo que mal ha sido aplicada la cláusula.

Cláusula 93: Promoción de Trabajadores: Sobre este particular, la Empresa alega la paralización temporal de dos líneas de envasado, para "congelar" el ingreso del personal que cubra los cargos dejados definitivamente vacantes en planta Maracaibo. El Sindicato basado en el texto integro de esta cláusula contractual, aclaró que independientemente de los argumentos manifestados por la Empresa, es obligación de ella cubrir en el lapso de 45 días, las vacantes que se generen ya que la norma no establece ninguna excepción que libere a la Empresa de esta obligación contractual. Ante las posiciones contrapuestas de las partes, fue imposible llegar a un acuerdo sobre este particular.

Cláusula 8: Sustitución de Trabajadores por Contratistas: El Sindicato exhortó a la Empresa a cumplir con la Convención Colectiva, con relación a la prohibición que establece de sustituir Trabajadores por contratista, caso que ha venido ocurriendo en el portón norte de planta Maracaibo, cuyo puesto de trabajo es ocupado en el primer turno por una persona que presta servicio de vigilancia a través de un tercero. La Empresa alega su incumplimiento manifestando que en el referido puesto de trabajo siempre ha existido el personal de vigilancia suministrado por una contratista, obviando que el resto de los puestos de vigilancia de planta Maracaibo son ocupados por personal fijo de Cervecería Regional, siendo esta la regla a la excepción ya planteada. Cerrado el punto sin llegar las partes a un acuerdo, queda abierta la posibilidad de reclamar tal incumplimiento al Contrato Colectivo en otra instancia.

Cláusula 47: Club Social y Deportivo: No ha habido cláusula contractual, actas convenios ni palabra del mismo Presidente de la Empresa, que mejoren las condiciones del Club de los Trabajadores de Cervecería Regional. En este Comité Ampliado el Patrono presentó una nueva programación de actividades que consta de la adecuación de accesos, techado de cancha de usos múltiples, mejoras al campo de softball, entre otros trabajos que se ejecutarán en el próximo año. Esperamos que la Empresa cumpla con su obligación independientemente de la situación económica que alega.

Cláusula 100. Visita a los Centros de Trabajo: Este año los Trabajadores de los Centros de Distribución no han sido atendidos personalmente por la Junta Directiva de su Sindicato, por la negativa de la Empresa a cumplir con la obligación contractual de brindar las facilidades para ejecutar las visitas a estos centros de trabajo. La Empresa asumió el compromiso en el Comité Ampliado, de cumplir con la cláusula contractual en cuanto sea solicitada por el Sindicato, quien aprovechó la ocasión para presentar la programación de visitas previstas para el 26 y 27 de diciembre, con el objeto de brindar información personalizada a los Trabajadores sobre los recientes acuerdos en la mesa de negociaciones.

Cláusula 29: Planes de Recreación: El Sindicato propuso compensar económicamente a los Trabajadores que no se beneficiaron de los Planes de Recreación de este año, ya que no fueron realizados por el Patrono tal como lo establece la LOPCYMAT y nuestra Convención Colectiva. La Empresa alegó haber cumplido con esta obligación con las actividades recreativas contempladas en el Contrato Colectivo, presuntamente avalados por el Comité de Seguridad y Salud Laboral. Ante esta afirmación de la Empresa, el Sindicato fijo posición en defensa a la administración de la Convención Colectiva, la cual es competencia única es exclusivamente de la Organización Sindical, por lo que es ilegal que el Comité de Seguridad y Salud Laboral disponga de ellos, sin el consentimiento del Sindicato.

REVISIÓN DEL TABULADOR DE PUESTOS Y SALARIOS
Como punto sobrevenido a esta mesa de dialogo abordamos el tema de la revisión del tabulador de puestos y salarios, compromiso que por demás se encuentra establecido en la cláusula 52 de la vigente Convención Colectiva. Con relación a los Obreros de Deposito, la Empresa manifestó que desde la creación del cargo hasta la presente fecha, no ha existido variación en cuanto a sus funciones y responsabilidades, en tal sentido no aplica un cambio en cuanto al nivel actual del tabulador de nómina diaria. Ante la respuesta emitida por la Empresa, el Sindicato insiste en su planteamiento inicial de mover dicho cargo en el tabulador en virtud de las variaciones de funciones acordadas en las reuniones de fecha 7 de septiembre y siguientes. Así mismo aclaramos que, de no acordarse el movimiento en el tabulador, el acuerdo quedará sin efecto por su carácter novatorio y condicional, hasta tanto la negociación no sea concretada con el cumplimiento de ambas partes.

En los temas donde no se lograron acuerdos, el Sindicato considerará actuar por la vía legal, ya sea en sede administrativa o judicial, en defensa de los derechos de los Trabajadores. Hoy más que nunca, nuestra Organización Sindical se siente comprometida con el colectivo que representamos, y activaremos todos los medios que tengamos a nuestra disposición, para hacer valer nuestras pretensiones.

2016, un año de conflictos laborales que se mantendrán para el nuevo año por la falta de disposición de la Empresa a escuchar a sus Trabajadores, en su malsana intención de continuar marcando diferencias entre quienes sacamos adelante a Cervecería Regional.

Agradecemos a los Trabajadores que nos acompañaron en este Comité Ampliado, y esperamos que haya sido de su interés participar en esta mesa de negociación que nos prepara para el año 2017, el año de nuestro turno al bate!

jueves, 15 de diciembre de 2016

INFORME DE LA IV REUNIÓN DEL COMITÉ AMPLIADO


Sin mucho que explicar, entre los puntos más relevantes tratados en la reunión del miercoles 14 de diciembre, mencionamos:

✔️La Empresa consideró depositar el CestaTicket y el Subsidio de Alimentación, ambos conceptos en la tarjeta BONUS (Tarjeta Verde), bajo ciertas condiciones que el Sindicato evaluará para emitir una respuesta el viernes 16 de diciembre, en la última reunión de este Comité Ampliado. 

✔️Con respecto a nuestra solicitud de ajuste salarial; la Empresa insiste en su propuesta ya conocida por todos, la cual ha generado un gran malestar en los Trabajadores, por el carácter discriminatorio y el trato desigual que la identifica. 

En conclusión, una reunión sin resultados positivos, donde predominaron una vez más las posiciones marcadas de la Empresa y el Sindicato, las cuales alejan las posibilidades de que estas reuniones de trabajo arrojen los resultados que se esperan.

Sin disposición no es posible, negociar no es renunciar a nuestros derechos y justas aspiraciones!

lunes, 12 de diciembre de 2016

INFORME DEL III COMITÉ AMPLIADO

Seguidamente le hacemos un resumen de los puntos tratados en la reunión del Comité Ampliado del viernes 9 de diciembre.

  • Sobre nuestro reclamo de aplicación de la cláusula 10: Tiempo efectivo de trabajo; la Empresa reconoció el "error involuntario" que ha venido cometiendo en el pago de reposos por accidentes de trabajo o enfermedad común y solicitó un plazo de 30 días continuos para el levantamiento de la data del pasivo adeudado a cada Trabajador y dar a conocer la fecha efectiva de pago.
  • La Empresa niega la obligación contractual de pagar los permisos remunerados de acuerdo a lo establecido en la cláusula 10, es decir con todos los beneficios legales y contractuales. 
  • La Empresa niega que el exceso II de la póliza HCM deba ser cancelado por ellos en un 100%, tal como lo establece la cláusula 33 de la vigente Convención Colectiva, la cual señala el pago total del exceso de la póliza por parte de la Entidad de Trabajo, sin distinguir entre un exceso u otro.
  • Con relación a la propuesta del Sindicato de compensar económicamente los Planes de Recreación no ejecutados en el año 2016, la Empresa niega la posibilidad de nuestra propuesta y alega haber cumplido con los Planes de Recreación, obligación contemplada en la LOPCYMAT, con los eventos realizados por Convención Colectiva.
  • Sobre cada uno de estos puntos, el Sindicato fijará posición a través de un escrito dirigido a la Empresa que será entregado en la próxima reunión del Comité Ampliado.
Sobre el ajuste salarial y el descuento de salario a los Trabajadores bajo el concepto de "abandono de trabajo", el Sindicato entregó un escrito que sera respondido en la próxima sesión de trabajo programada para el miércoles 14 de diciembre.

Seguiremos informando oportunamente sobre los avances en la mesa de negociación donde participan Trabajadores de base.

domingo, 11 de diciembre de 2016

QUIEN PROMUEVE LA DIVISIÓN DE LOS TRABAJADORES?

Representantes de Cervecería Regional aseguran que el propósito de nuestra Organización Sindical es dividir a los Trabajadores, nosotros preguntamos: ¿Quien con sus acciones ha promocionado la división de la Clase Trabajadora en esta Empresa?


Antes de la firma de la vigente Convención Colectiva los Trabajadores de nómina mensual gozaban del mismo trato que se les daba a los Trabajadores de nómina diaria, en cuanto a aumentos salariales y demás beneficios laborales, con una leve diferencia a favor de los primeros que se justificaba por la naturaleza de sus cargos y su horario de trabajo, por ejemplo: Para octubre de 2015, un Trabajador de nómina diaria devengaba un salario básico de 20.000 Bs. aproximadamente, mientras que un Trabajador de nómina mensual devengaba 24.000 Bs. con aumentos anuales proporcionales a los establecidos en la Convención Colectiva. Para la misma fecha un Trabajador de nómina diaria cobraba 4000 Bs. de Subsidio de Alimentación, mientras que los nómina mensual se beneficiaban con 4.500 Bs. por este mismo concepto. Con esto queremos demostrar nuestras afirmaciones, que los Trabajadores de ambas nóminas éramos tratados de igual manera hasta enero de este mismo año. 

Hoy a los Trabajadores de esta Empresa se les distingue por los beneficios que se les otorga; entre aquellos que estamos directamente amparados por la Convención Colectiva y aquellos que tienen un Contrato Individual de trabajo. Esto tiene su fundamento que radica en la sindicalización de los Trabajadores de nómina mensual, ya que al marcar esa diferencia en los beneficios estos Trabajadores se alejan de la "tentación" de ejercer su derecho de afiliarse a una Organización Sindical, teniendo esto un precedente ampliamente conocido. 

Entonces, quien promueve la división de los Trabajadores? Este año 2016, ha sido un año de muchos conflictos en Cervecería Regional cuando era caracterizada como una Empresa de Paz Laboral, pero con la designación de nuevos VP's y Gerentes de plantas, lamentablemente todo ha cambiado. Hoy en los centros de trabajo de Cervecería Regional a nivel nacional se vive un ambiente hostil que se ha manifestado de distintas maneras, producto de la discriminación que hemos sido objeto los Trabajadores que producimos y distribuimos el producto que elaboramos en esta Empresa. 

Sabemos cómo trabaja el Patrono, conocemos el "monstruo" por dentro y por fuera y nuestra función es contrarrestar sus intenciones. Que esto nos sirva de experiencia cuando nos toque el "turno al bate"!

miércoles, 7 de diciembre de 2016

INFORME DE LA II REUNIÓN DEL COMITÉ AMPLIADO


En la reunión de ayer miercoles, en materia salarial, no hubo acuerdos debido a que la Empresa presentó en la mesa la misma propuesta que viene manejando en las ultimas semanas; un ajuste extra contractual de 15% más el 25% que nos corresponde por Convención Colectiva, para sumar un 40% a partir del 1 de diciembre.

Obviamente, el Sindicato y los Trabajadores presentes en la mesa de diálogo rechazamos esta nueva intención de la Empresa, de continuar marcando una gran diferencia entre los Trabajadores de Nómina Mensual y los Nomina Diaria en cuanto a los ajustes salariales, históricamente equiparados hasta la firma de la vigente Convención Colectiva en octubre de 2015, momento en el cual el Patrono se ha dedicado a beneficiar más al personal administrativo que al personal que producimos y distribuimos el producto que sostiene a esta Empresa.

El Sindicato y los Trabajadores asumimos esta nueva etapa de negociaciones con la seriedad que amerita el caso, lamentamos que la contraparte no aproveche estos espacios para entablar un diálogo serio que nos permita avanzar en la solución del conflicto que ha provocado malestar y desgano en los Trabajadores que somos víctimas de esta flagrante discriminación! 

Sin embargo, el Sindicato sigue y seguirá en la mesa, apostando a ganar sin declinar nuestra posición, conscientes de la realidad, sin renunciar a nuestros derechos! 

La próxima reunión esta programada para mañana viernes, 9 de diciembre de 2016 a las 9:00 am. en el mismo salón de Cervecería Regional que ha servido de escenario para el desarrollo de estas reuniones de trabajo. 

martes, 6 de diciembre de 2016

INFORME DEL PRIMER COMITÉ AMPLIADO (+DETALLES)


Tal como se había acordado, el día lunes 5 de diciembre se instaló el Comité de Evaluación y Seguimiento del Contrato Colectivo, integrado en esta oportunidad de manera ampliada por representantes de Cervecería Regional y de los Trabajadores, representados en la mesa de negociación por el Sindicato y una comisión designada por ellos para actuar en calidad de observadores en estas reuniones de trabajo, que busca una solución al conflictivo que se ha desencadenado en esta Empresa. 

En esta primera reunión el Sindicato en su planteamiento se enfocó en los puntos más importantes a los cuales la Empresa debe dar respuesta en los próximos días, tomando en cuenta que este Comité fue convocado con carácter de urgencia para responder de forma rápida a los requerimientos y necesidades de los Trabajadores.

Entre los puntos que el Sindicato llevó a la mesa están:
  1. Nueve solicitudes incluidas en el Pliego de Peticiones interpuesto ante la Inspectoria del Trabajo, entre los cuales podemos mencionar: Cumplimiento de la cláusula 19, correspondencia; cláusula 10, tiempo efectivo de trabajo; cláusula 33, seguro HCM; cláusula 71, cálculo del pago del día sábado y domingo; cláusula 93, promoción de Trabajadores; cláusula 8. sustitución por contratistas; cláusula 47, club social y deportivo; cláusula 100, visita a los centros de trabajo; cláusula 29, planes de recreación; en cuanto a este último punto el Sindicato planteó la posibilidad de que se compense económicamente las actividades recreativas que no se realizaron durante el año 2016, a modo de no pasar por alto la obligación de la Empresa.
  2. Ajuste salarial; sobre este particular ampliamente debatido en la mesa, siendo el punto neurálgico de la discusión, el Sindicato manifestó sus aspiraciones de que los aumentos de salario que se le han otorgado recientemente a los Trabajadores y Trabajadoras de nómina mensual, le sean igualmente aplicados a los Trabajadores de nómina diaria en su misma proporción y fecha de aplicación, en atención al principio de igualdad y no discriminación que rige en la legislación venezolana. 
  3. Compensación económica por la Fiesta de Fin de Año 2016; en cuanto a este punto el Sindicato entregó a la representación patronal las firmas recolectadas por los Trabajadores, solicitando el beneficio económico a cambio del evento de Fin de Año que corresponde a este año 2016. Ante esto, la Empresa informó que el deposito de esta bonificación de carácter excepcional será depositado en la cuenta de los Trabajadores, el jueves 8 de diciembre con el pago de la nómina diaria, igualmente los Trabajadores podrán retirar el producto que corresponde por este concepto a partir de esta misma fecha.
  4. Pago del Cesta Ticket; este importante punto fue sumado a la agenda programada para este día cuyo requerimiento del Sindicato se basa en darle carácter permanente al decreto presidencial, que obliga a las Empresas a pagar el Cestaticket mediante tarjetas electrónicas, aún cuando se otorgue el beneficio de alimentación a través de comedores industriales. También el Sindicato hizo especial énfasis en el modo como es pagado este beneficio a los Trabajadores, el cual es abonado a una tarjeta respaldada por la plataforma "Mastercard" trayendo esto como consecuencia negativa, el cobro ilegal de comisiones en algunos comercios por el uso de esta tarjeta, razón por la cual el Sindicato solicitó que todo el bono de alimentación sea pagado a través de la tarjeta BONUS TEBCA, la cual es respaldada por la plataforma "Maestro" sin generar mayores contratiempos a la hora de que los Trabajadores realicen sus compras. 
A estos puntos la Empresa se comprometió a dar respuesta en las próximas sesiones de trabajo programadas para el miércoles 7 y viernes 9 de diciembre; excepto a la solicitud de compensación económica por la Fiesta de Fin de Año 2016, la cual fue atendida y cerrada en esta misma sesión. 

Los Trabajadores que asistieron en calidad de observadores a este Comité Ampliado, y los que se mantendrán por el resto de las reuniones son: George Galindo, Pablo Campos, Juan Salvador, Octaviano Araque, Jose Casas, Alexander Pulgar, Daniel Umbría, Mauro Sánchez, Freddy Méndez, Luis Arguello, Gustavo Barrios, Alejandro Fernández, Savid Pacheco; a quienes agradecemos su participación y comportamiento en la mesa de negociación, digno de unos Trabajadores que necesitamos respuestas y no conflictos. 

jueves, 1 de diciembre de 2016

INSISTIMOS EN LA CONCILIACIÓN COMO MEDIO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Ayer, miércoles 30 de noviembre en reunión celebrada en la Inspectoria del Trabajo se acordó instalar una mesa de diálogo con representantes de la Empresa, y la participación de los Trabajadores representados por el Sindicato y una comisión integrada por 10 Trabajadores de base que serán elegidos por los Trabajadores mismos.
En este Comité ampliado, como puntos que se le deben dar un tratamiento especial y urgente, se debatirá: 
  1. Propuesta de Ajuste Salarial
  2. Reclamaciones del Pliego de Peticiones
  3. Compensación económica por la Fiesta de Fin de Año 2016
  4. Entre otros de suma importante que el Sindicato considere.
Esta reunión de trabajo se instalará el lunes 5 de diciembre a las 9:00 am. en el primer piso del edificio de Cervecería Regional planta Maracaibo, donde se agendarán los puntos a tratar y las normas que regirán en la mesa de negociación. 

Las partes convenimos establecer un término de 3 sesiones de trabajo para dar respuesta a los Trabajadores, pudiéndose prorrogar por un número igual de sesiones, dada la urgencia de los casos. 

En este nuevo proceso de negociación que contará con la participación de una comisión designada por los Trabajadores, el Sindicato asumió el compromiso de garantizar las operaciones de producción de la Entidad de Trabajo y el funcionamiento normal de las actividades de planta Maracaibo y sus Centros de Distribución; compromiso que se extiende a los Trabajadores de Cervecería Regional, el cual ha sido nuestra carta de presentación en 87 años de esta Empresa.

Los Trabajadores confiamos en este nuevo intento de buscar respuesta a nuestros requerimientos por la vía conciliatoria, en el mantenimiento de La Paz Laboral y el respeto a nuestros Derechos Laborales.

domingo, 27 de noviembre de 2016

INTENTO FALLIDO DE CONCILIACIÓN


La Inspectoria del Trabajo de Maracaibo falla en su intento de que Cervecería Regional, como Patrono y SINTRACREZ como representante de los Trabajadores de esta Empresa, llegáramos a un acuerdo conciliatorio que acerque a las partes en el conflicto que se ha desencadenado producto de las constantes violaciones al vigente Contrato Colectivo, y principios que rigen las relaciones de trabajo en Venezuela.

Tal como estaba programado, el jueves 24 de noviembre se celebró la segunda reunión con carácter conciliatorio en la sede de la Inspectoria del Trabajo de Maracaibo, donde la Empresa se presentó con un documento con las respuestas a nuestro Pliego de Peticiones, el cual no contiene más que excusas y fundamentos vagos para no cumplir con el compromiso asumido en la Convención Colectiva 2015 - 2017.

Esta posición de la Empresa a no darle respuestas concretas a la petición de los Trabajadores, aunado al malestar que ha generado en ellos, las nuevas intenciones del Patrono a continuar marcando una distinción de trato entre los Trabajadores de nomina diaria y nomina mensual, estalló en una paralización de actividades en planta Maracaibo que duró poco menos de 24 horas tras la decisión de los Trabajadores a arrancar las operaciones del Envasado, con la "dulce esperanza" que sus solicitudes sean atendidas sin necesidad de acudir a medidas drásticas en reclamo de sus derechos.

El Sindicato en su empeño de hacer valer los derechos de los Trabajadores, insistirá en las herramientas legales que tenemos a nuestra disposición, procurando el respeto y cumplimiento al Convenio Colectivo y las leyes laborales, que velan por la protección de la Clase Trabajadora frente al poder económico del Patrono. 

jueves, 24 de noviembre de 2016

UNA PLANTA PARADA, LA OTRA A LA EXPECTATIVA!

Un ambiente hostil se ha generado en los centros de trabajo de Cervecería Regional a nivel nacional, luego que se conocieran las nuevas intenciones del patrono en cuanto a los ajustes salariales que recientemente le ha propuesto a los Trabajadores de nomina diaria, y el que le ha aprobado a la nomina mensual.


Manifestaciones de Trabajadores de planta Maracaibo y planta Cagua se desarrollaron de manera simultanea, al conocer la propuesta de la Empresa de un ajuste salarial para los nómina diaria, muy por debajo al que les aplicará a los nómina mensual a partir del mes en curso. 


La reacción de los Trabajadores de planta Cagua fue la de paralizar las operaciones de esta fábrica, después de haberse divulgado la noticia que a los nómina mensual se les aprobó un aumento salarial del 50%, ademas de un ajuste en el Cestaticket por el mismo porcentaje; mientras que a los nómina diaria la Empresa le propuso a través de su Sindicato, un incremento del 20% sobre la base del salario básico, sin movimiento alguno en el Cestaticket el cual ha sido ajustado a esta nómina con carácter temporal mediante decretos presidenciales.

Una realidad similar se vive en planta Maracaibo, que a pesar de no verse afectada las operaciones indefinidamente, los Trabajadores levantamos la voz contra la propuesta patronal de ajustar solo un 15% el salario de quienes elaboramos y distribuimos el producto en la Región Occidental del país. El Sindicato intervino en esta manifestación voluntaria de los Trabajadores, donde prevaleció la cordura en medio de la molestia provocada por quienes pretenden seguir marcando la desigualdad y discriminación entre los Trabajadores, sea cual sea la nómina a la que pertenezcan. 

Los Trabajadores de planta Maracaibo decidimos darle una tregua a las manifestaciones de reclamo que han surgido producto de las acciones patronales que van en contra de nuestras familias, no solo al violentar clausulas contractuales sino también en su insistencia de reconocer más el trabajo de unos, que el de otros; que igualmente aportamos nuestro granito de arena en el mantenimiento de Cervecería Regional como Empresa, y sufrimos las consecuencias de una crisis económica voraz. 

Hoy, jueves 24 de noviembre a las 2:00 pm. se celebrará la segunda reunión conciliatoria de cara al Pliego de Peticiones presentado por los Trabajadores y su Sindicato, en procura del cumplimiento de mas de 20 clausulas del vigente Contrato Colectivo. A esta reunión de trabajo, el Sindicato llevará a la mesa el tema que hoy se encuentra en el tapete; la aplicación de un nuevo salario que nos permita sobrellevar la situación que hoy nos agobia. 

Invitamos a los Trabajadores en general  a estar pendiente de nuestros medios de comunicación para informarles sobre los resultados de esta reunión, y las acciones a seguir en defensa de nuestros derechos y  justas aspiraciones. 

miércoles, 23 de noviembre de 2016

LA NUEVA JUGADA DEL PATRONO


Jefes de Departamentos de planta Maracaibo y Gerentes de Operaciones CEDIS, autorizados por sus superiores, se están dando a la tarea de divulgar entre los Trabajadores la supuesta negativa del Sindicato en aceptar un ajuste de salario extra contractual, pretendiéndose demostrar que en esta situación la Empresa es la “buena” y el Sindicato el “malo”, quien impide de manera “caprichosa” mejorar las condiciones económicas de los Trabajadores; no siendo esta la pura verdad.

El día lunes 21 de noviembre, el Sindicato recibió una propuesta de la Empresa con relación a un ajuste de salario para los Trabajadores de nómina diaria, la cual consta del adelanto del aumento contractual de enero 2017 (25%) para el 1ero de diciembre de este año, adicional a un ajuste extracontractual de un 15%.

La Empresa para aplicar su propuesta exigía la firma de los miembros de la Junta Directiva Sindical en un acta convenio, que demostrara nuestra conformidad con lo planteado por la representación patronal. Nosotros conscientes de las intenciones del Patrono no aceptamos firmar dicho acuerdo por la siguiente razón:

El Sindicato maneja la información que está previsto para finales del mes de noviembre, un aumento salarial para los Trabajadores y Trabajadoras de nómina mensual de un 50%, además de un ajuste en el Cestaticket. Si esto es así, como representantes de los Trabajadores sería una irresponsabilidad de nuestra parte firmar un acta convenio que le permita a la Empresa contar con nuestro aval en esta clara y nueva discriminación.

Sería absurdo pensar que el Sindicato se opusiera “caprichosamente” a un ajuste extracontractual para los Trabajadores, pero a cuenta de nuestra necesidad no podemos vender nuestra alma al “diablo” firmando acuerdos que vayan en contra de nuestros derechos y aspiraciones de igualdad y no discriminación, aceptando cualquier cosa cuando a otro grupo de Trabajadores se les beneficia en mayor proporción.

martes, 22 de noviembre de 2016

NAVIDAD SIN LAS TRADICIONALES FIESTAS DE FIN DE AÑO!


En el día de ayer Cervecería Regional presentó al Sindicato de planta Maracaibo su nuevo programa de humillación a la familia de los Trabajadores de esta Empresa, que se jacta en decir que "El Corazón de Regional es su Gente". 

En esta oportunidad, con relación a los eventos de fin de año, la Empresa pretenden que nuestros hijos celebren la navidad, fecha tan esperada por ellos para disfrutar su fiesta navideña, viendo una obra de teatro de hora y media, negándoles el disfrute pleno que se les ha venido ofreciendo en los últimos años, tal cómo lo establece nuestra Convención Colectiva. 

Con respecto a la fiesta de fin de año de los Trabajadores; pues la Empresa "por no dejar" realizará una reunión de compañeros de trabajo con cerveza y pasapalos como en un "cuartico" cualquiera, pasando por debajo de la mesa cualquier acuerdo plasmado en nuestra Convención Colectiva. 

El Sindicato y los Trabajadores rechazamos los términos y condiciones a los que están sujetos los eventos de este año, los cuales no cumplen con las premisas establecidas en la cláusula 50 y 51 de la vigente Convención Colectiva.

Esto es parte de la disposición que tiene la Empresa de cumplir con el compromiso asumido en más de 20 cláusulas del vigente Contrato Colectivo, dejadas en el Pliego de Peticiones que este jueves debe responder ante funcionarios de la Inspectoria del Trabajo.

Nuestra prioridad no es solo una fiesta, nuestra prioridad es el cumplimiento de nuestra convención en todo su contexto!

sábado, 19 de noviembre de 2016

LLEGARÁ NUESTRO TURNO AL "BATE"!


Los Trabajadores somos los que sufrimos las peores consecuencias de la actual situación económica del País. Las Empresas mantienen su margen de ganancia ajustando los precios de sus productos, pero nosotros que!?? Regidos por un Contrato Colectivo que al momento de su firma sabemos que satisface nuestras necesidades, pero no sabemos por cuanto tiempo se mantendrá así; precisamente por lo impredecible que se ha tornado la economía venezolana. 

De esta experiencia nos queda la enseñanza que aplicaremos en el diseño de nuevas herramientas que nos permitan "sobrevivir" a tiempos tan difíciles como estos. Los Trabajadores de Cervecería Regional hemos aprendido, no somos los mismos del año 2015, que nadie se equivoque!

martes, 15 de noviembre de 2016

LA FASE CONCILIATORIA TIENE TÉRMINO


Celebrada la reunión convocada por la Inspectoria del Trabajo, en su intención de agotar la fase conciliatoria del Pliego de Peticiones interpuesto por los Trabajadores; las partes acordamos como fecha tope de respuesta a nuestros reclamos de incumplimiento a la Convención Colectiva, el Jueves 24 de Noviembre a la 2:00 pm.

Para este día está programada la próxima reunión donde la Empresa deberá responder satisfactoriamente a nuestras peticiones, de lo contrario el Sindicato insistirá en el carácter Conflictivo del Pliego que traerá como consecuencia la declaratoria a Huelga, vencido el lapso de las 120 horas consagradas en la Ley.

La reunión del lunes 14 de novimbre fue presidida por la Inspectora del Trabajo de Maracaibo Abg. Kathy González y el Inspector Conciliador Abg. Luis Baralt, con la participación de los Trabajadores Rixio Araujo (Planta), Gustavo Nuñez (Planta), Rafael Pineda (Planta), Gamer Echeto (Cedis Sur), Jose Aguilar (Cedis Cabimas), Luis Noguera (Planta) y Renny Hernández (Cedis Sur), a quienes agradecemos su asistencia y comportamiento asumido en el desarrollo de la reunión.

domingo, 13 de noviembre de 2016

INSPECTORIA APERTURA ETAPA DE NEGOCIACIONES CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY


Sin perjuicio al derecho que tenemos los Trabajadores de impulsar el Pliego Conflictivo, la Inspectoría del Trabajo en uso de sus atribuciones consagradas en el artículo 473 y 474 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, convocó a la representación de los Trabajadores y del Patrono a una etapa breve de negociaciones en aras de encontrar solución al conflicto que se ha generado producto de las flagrantes violaciones a la vigente Convención Colectiva.
"Los funcionarios del Trabajo procurarán la solución armónica de las diferencias que surjan entre Patronos y Trabajadores, aún antes que las mismas revistan carácter conflictivo por hecho público o por la presentación del pliego correspondiente, sin que ello pueda ser alegado para negar su admisión." 
Así lo establece el artículo 473 de la LOTTT, norma que ha sido citada por la Inspectora del Trabajo Jefe de la sede de Maracaibo, Abg. Katty González, en concordancia con el artículo 474 de la misma Ley, la cual dispone: 
"Al tener conocimiento de que está planteada o por plantearse una diferencia de naturaleza colectiva, el Inspector del Trabajo procurará abrir una etapa breve de negociaciones entre el Patrono y la Organización Sindical y podrá participar en ellas personalmente o por medio de un representante, para interesarse en armonizar sus puntos de vista e intereses." 
La Inspectoria del Trabajo notificó a las partes para que comparecieran ante su sede en Maracaibo, para iniciar la etapa conciliatoria que busca frenar lo que hasta ahora parece inevitable; un conflicto que inicie el lapso fatal de las 120 horas para la huelga. 

La primera reunión está programada para mañana lunes, 14 de noviembre a las 9:00 am. en la sede de la Inspectoria del Trabajo ubicada en la Av. 5 de julio de Maracaibo. SINTRACREZ atiende el llamado y estará presente en esta mesa de trabajo, como fieles creyentes del dialogo, pero con la idea clara de nuestras funciones, y la indeclinable posición de defender a capa y espada nuestros derechos laborales. 

El llamado es a los Trabajadores a estar muy pendientes de nuestros medios de comunicación, mensajería de textos y redes sociales, por donde estaremos informando sobre los avances de esta mesa de dialogo y acuerdos.

sábado, 5 de noviembre de 2016

PLIEGO CONFLICTIVO CONSIGNADO!



El viernes 4 de noviembre a las 11:30 am. Angel Fuenmayor y Henry González en su carácter de Secretario General y Secretario de Organización de SINTRACREZ respectivamente, presentaron ante la Sala de Contratos, Conciliación y Conflicto de la Inspectoria del Trabajo de Maracaibo, el Pliego de Peticiones de Ejecución con Carácter Conflictivo ejerciendo el derecho a reclamar el cumplimiento de nuestra normativa laboral para beneficio de los Trabajadores.

La Ley establece que luego de la consignación del Pliego de Peticiones, la Inspectoria del Trabajo considerará su admisión al siguiente día hábil de la presentación, es decir, el lunes 7 de noviembre debemos tener respuesta a nuestra solicitud para que posteriormente sea notificada la Entidad de Trabajo y comparezca en las siguientes 48 horas a los fines de dar inicio a las negociaciones referidas al prenombrado Pliego con Carácter Conflictivo. 

Pendientes, atentos, con el Pliego me la juego! 

miércoles, 2 de noviembre de 2016

DE LA PUGNA ENTRE TRABAJADORES, QUIEN ES EL MÁS BENEFICIADO?

En conversación con funcionarios de la Inspectoria del Trabajo y del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de Maracaibo, nos comentaban que hoy en día son más las incidencias conflictivas entre los mismos Trabajadores, que entre Trabajadores y Patronos, por lo que nos ha surgido la siguiente interrogante; de la pugna entre Trabajadores, quien es el más beneficiado?


"Divídelos y vencerás" dijo Maquiavelo, y esta dirección muchas veces es acatada por los Patronos en procura de sus objetivos, valiéndose de los Trabajadores que carecemos de conciencia y entendimiento para enfrentarnos unos a los otros, en una constante guerra donde solo el promovente sale beneficiado.

"En la unión está la fuerza" dijo Simón Bolívar y la historia nos lo ha demostrado, es por eso que el Patrono cuando no es complacido por un Sindicato, atenta contra la unidad de los Trabajadores, con el fin de dispersar las luchas que terminan convirtiéndose en eternas rivalidades políticas; lamentablemente muchas veces los Trabajadores caemos en este juego macabro.

Ciertamente los Trabajadores tenemos derecho a participar, opinar y reclamar a sus representantes sindicales cualquier situación que afecte al colectivo en materia laboral, poniendo siempre al frente el principal objetivo de nuestras luchas como Clase Trabajadora, y contra quien las debemos "casar".

Igualmente los Trabajadores tenemos el derecho de elegir a nuestros representantes, y los medios de alternabilidad se encuentran en los Estatutos Sociales de cada Organización Sindical y la Ley; jamás debemos caer en el error de retrasar los procesos que buscan mejorar los beneficios contractuales o colectivos, para favorecer con esto a quienes gozan del poder económico y se sentirían cómodos con esta situación, mientras los Trabajadores llevamos la peor parte. 

Los Trabajadores debemos aprender a resolver nuestras diferencias sin poner en riesgo la unidad y el fortalecimiento de las bases, que generalmente son las que nos mantienen firmes frente al Patrono. 

domingo, 30 de octubre de 2016

RENOVACIÓN DE SEGURO HCM: UN GOLPE DE SANGRE


Contratar una póliza de Hospitalización, Cirugía y Maternidad ha pasado de ser una necesidad a un lujo que hoy los Trabajadores asalariados difícilmente podemos pagar. Esta es la primera impresión que nos genera el escuchar los altos costos a los que hoy están sujetos los seguros médicos en Venezuela, cuyos precios no se adaptan al presupuesto actual de los Trabajadores.

El viernes 28 de octubre a las 2:00 pm. el Departamento de Calidad de Vida de Cervecería Regional planta Maracaibo presentó al Sindicato los resultados del proceso de licitación para el nuevo año póliza del seguro HCM 2016 - 2017, el cual arrojó unos resultados nada alentadores para el bolsillo de los Trabajadores.

Entre las empresas aseguradoras que participaron en este proceso de licitación, SISALUD fue la propuesta más "económica" en comparación con la presentada por: Seguros Altamira, Atrio, Multinacional de Seguros y Seguros La Vitalicia.


El impacto en el descuento a los Trabajadores por concepto de seguro HCM fue calculado en base a una familia promedio; 1 cónyuge, 2 hijos menores de edad, 1 hijo mayor de 21 años y 2 padres, obviamente tomando en consideración el beneficio establecido en la clausula 33 de la vigente Convención Colectiva: 
" La Entidad de Trabajo sufragará el costo total de la prima básica de la Póliza Colectiva de Hospitalización, Cirugía y Maternidad del Trabajador (HCM) Cubrirá el ochenta por ciento (80%) del Costo de la Prima básica de la Póliza Colectiva de Hospitalización, Cirugía y Maternidad del cónyuge o persona con quien haga vida marital y los hijos hasta los veintiún (21) años de edad que estén debidamente registrados en la Entidad de Trabajo. Por otra parte, la Entidad de Trabajo pagará la totalidad de la prima de exceso de límite del trabajador, del núcleo familiar (pareja e hijos) y de los progenitores."
Comparado con la póliza que se mantendrá vigente hasta el 31 de octubre del presente año, el seguro HCM incremento un 210% para la cobertura básica, la cual no cubre los gastos ni para atender un "dolor de oído" (600.000 Bs. para Hospitalización y Cirugía y 120.000 Bs. para Maternidad), es por eso que la Empresa en la renovación del seguro HCM para el nuevo año póliza, presentará a los interesados lo que ellos denominan el EXCESO II por 1.000.000 Bs. además de una cobertura adicional para Maternidad de 800.000 Bs, con el detalle de que este exceso sería cancelado en su totalidad por el Trabajador, condición con la que no estamos de acuerdo debido a que la cláusula contractual establece que la Entidad de Trabajo costeará la totalidad de la prima de exceso de limite del Trabajador, pareja, hijos y progenitores, sin distinguir entre un exceso y otro, es decir, entre el exceso que forma parte de la cobertura básica (500.000 Bs.) y el nuevo Exceso II (1.000.000 Bs.), por lo que a nuestra consideración este último también debe ser pagado en su totalidad por la Empresa. Así lo manifestó el Sindicato en esta reunión de la cual se levantó una minuta que fue firmada por las partes, con el compromiso que el Patrono daría una respuesta al respecto. 

Estamos hablando que un Trabajador con una familia promedio con los miembros que arriba se indica pagaría semanalmente 2.736,29 Bs. por la cobertura básica, y si opta por la cobertura Exceso II pagaría la cantidad de 9.635,25 Bs, sin incluir la cobertura adicional de Maternidad la cual tiene un costo de 5.724,75 Bs; es decir, el Trabajador que desee la póliza HCM con la máxima cobertura debe cancelar 15.360 Bs. semanales, esto es sencillamente IMPAGABLE por la sencilla razón que este monto ni siquiera lo cobramos en una semana de trabajo.

Esto está pasando en Cervecería Regional y el Patrono sigue sin reconocer la realidad de sus Trabajadores, quienes estamos tocando fondo en medio de una crisis que nos afecta aun más a los "venezolanos de a pie", que sin comida y sin acceso a la salud no tenemos calidad de vida, mucho menos disposición para el trabajo.

martes, 25 de octubre de 2016

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN EL PLIEGO DE PETICIONES, HUELGA Y ARBITRAJE


Ya sabemos que el Pliego de Peticiones es un instrumento mediante el cual el Sindicato expone sus planteamientos para que el Inspector del Trabajo tenga conocimiento de las divergencias con el Patrono, y proceda conforme a derecho. Ahora bien, el objeto de esta publicación es conocer cual es el procedimiento establecido en la LOTTT para tramitar un pliego de peticiones ante el órgano competente, así como las consecuencias que este tiene en caso de no llegar a un acuerdo conciliatorio.

Los artículos 478 y 479 de la LOTTT establece que dentro de los 24 horas siguientes al recibo del Pliego de Peticiones por parte del Inspector del Trabajo, este lo transcribirá, haciéndolo llegar a la parte Patronal involucrada. Luego el inspector exigirá al Patrono y a los Trabajadores que en un lapso de 48 horas le comuniquen el nombramiento de 2 representantes y 1 suplente por cada parte. Esos representantes, en un lapso de 24 horas siguientes a la comunicación de sus nombres hechas al inspector, junto a éste o a un representante suyo, constituirá la Junta de Conciliación.

Es requisito legal que los representantes de los Trabajadores pertenezcan a la Entidad de Trabajo contra la cual se promueve el conflicto, y los representantes de la Patronal, a su vez, tendrán que ser miembros del personal directivo de la Empresa, pudiendo estar acompañados de asesores.

El Inspector del Trabajo o su representante presidirá las sesiones de la Junta de Conciliación e intervendrá en sus deliberaciones, con el propósito de armonizar el criterio de las partes. 

Los miembros principales y los suplentes concurrirán a todas las reuniones, pero cuando estén los miembros principales, los suplentes sólo tendrán derecho a voz. Para que las sesiones se constituyan válidamente, debe estar presente, por lo menos 1 representante de cada una de las partes. 

En el desarrollo de estas reuniones, el Sindicato cuando así lo considere, podrá solicitar al Inspector del Trabajo la autorización a una Huelga Legal de Trabajadores, cuya solicitud debe ser valorada siempre y cuando se verifiquen los requisitos establecidos en el artículo 487 de la LOTTT:


  • Que se hayan fijado los servicios mínimos indispensables y los servicios públicos esenciales que no serán afectados por la paralización de las labores.
  • Que hayan transcurrido al menos 120 horas desde el momento de la admisión del Pliego de Peticiones. 
Con relación a los Trabajadores, la Huelga surte los siguientes efectos:
  • El vínculo laboral durante la huelga tiene la condición de suspensión de la relación de trabajo y no interrumpe la antigüedad del Trabajador sumado a la huelga.
  • Durante la huelga, se prohíbe trasladar, despedir o desmejorar a los Trabajadores. Como también, trasladar otros Trabajadores desde otros centros de trabajo para realizar labores de quienes participan en la huelga. 
  • Durante la huelga los Trabajadores tienen la protección del fuero sindical.
El artículo 480 de la LOTTT obliga a la Junta de Conciliación a reunirse hasta tanto haya acordado una recomendación unánimemente aprobada, o hasta que haya decidido que la conciliación es imposible. De modo que, la Ley no limita término para las reuniones de la Junta de Conciliación. Esta fase termina con la recomendación o un acta donde se deje constancia de la imposibilidad de la conciliación.

Indica el artículo 480 de la LOTTT que la recomendación de la Junta de Conciliación puede tomar la forma de términos específicos de arreglo o la recomendación de que la disputa sea sometida a arbitraje.  

Cuando se agota el procedimiento de Conciliación y las partes no convienen en el arbitraje, que puede ser propuesto por el inspector, estén o no suspendidas las labores de la Empresa, la Junta de Conciliación o el Inspector del Trabajo expedirán un informe fundado que contengan la enumeración de las causas del conflicto, un extracto de las deliberaciones y una síntesis de los argumentos expuesto por las partes. En tal informe deben establecerse las circunstancias que rodearon a la posibilidad del arbitraje. 

En cuanto al arbitraje, primero se debe constituir la Junta de Arbitraje que resolverá el conflicto de trabajo; Trabajadores y Patronos presentarán una lista de postulados cada uno, de las cuales cada parte escoge un miembro de la lista presentada por la contraria. Estos dos miembros escogidos, escogen el tercero que integrará y presidirá la Junta de Arbitraje, en caso que estos no se pongan de acuerdo en la escogencia de ese tercero, el Inspector del Trabajo lo resolverá en los siguientes 5 días continuos. 

Las audiencias de la Junta de Arbitraje serán públicas y sus decisiones serán tomadas por mayoría de votos, las cuales son inapelables. En principio, la Junta de Arbitraje dispone de 30 días para dictar su respectivo laudo, sin embargo podrá prorrogar este lapso por 30 días más.

Como podemos ver, el Pliego de Peticiones conlleva a un procedimiento complejo pero ampliamente regulado en la LOTTT y el RLOT, que va desde un acuerdo conciliatorio hasta un laudo arbitral como medios de solución del conflicto, pasando por la posibilidad de una huelga legal de Trabajadores.

En la Asamblea General de Trabajadores del pasado sábado 22 de octubre, se aprobó el Pliego de Peticiones con conocimiento de cuan difícil es el camino, pero conscientes que la defensa de nuestros derechos es algo a lo cual no podemos renunciar, porque sencillamente perderíamos nuestra dignidad y esa no se negocia. 

domingo, 23 de octubre de 2016

LOS TRABAJADORES DIJERON "SI" AL PLIEGO DE PETICIONES

Luego que Henry González, Secretario de Organización de SINTRACREZ expusiera en Asamblea General, las clausulas que conformarían el Pliego de Peticiones propuesto, los Trabajadores lo aprobaron dando inicio al proceso que busca el cumplimiento de 22 clausulas de la vigente Convención Colectiva.


La Asamblea se dio inicio a las 11:00 am. con las palabras del Secretario General de nuestra Organización Sindical, Ángel Fuenmayor quien agradeció la masiva asistencia a la reunión donde se presentaría el Pliego de Peticiones que se consignará una vez sea aprobado por los Trabajadores, como en efecto ocurrió.


La exposición de las clausulas que conforman el Pliego de Peticiones estuvo en manos de Henry González, Secretario de Organización de SINTRACREZ quien con el apoyo del Abg. Noé Avila, no dejaron detalles sobre la tramitación de este procedimiento y sus efectos desde el punto de vista legal.

González dio a conocer el contenido del pliego integrado por 22 clausulas contractuales y otros compromisos incumplidos por la Empresa, dejados en actas convenios firmados en la negociación de la vigente Convención Colectiva.

Previamente, el Secretario de Organización abordó temas como la renovación del Seguro HCM, descripciones de cargo y niveles del tabulador, así como el estatus de los procedimientos administrativos y judiciales que hoy en día se impulsan en la defensa de los derechos e intereses de los Trabajadores. 

Los Trabajadores dieron su apoyo a la iniciativa del Sindicato de interponer un Pliego de Peticiones con carácter conflictivo, que pudiera traer como consecuencia una huelga legal en caso que las partes no lleguemos a un acuerdo, sobre las clausulas que serán objeto de controversia en este proceso. 

Firmada el acta y el poder especial que otorgan los Trabajadores a la Junta Directiva Sindical y sus Asesores, concluyó la Asamblea General convocada con este solo propósito e inicia los trámites para finalmente consignar este instrumento a la Inspectoria del Trabajo. 

En la próxima entrega estaremos explicando las fases de este procedimiento de acuerdo a lo establecido en la LOTTT y RLOT, las cuales regulan todo lo concerniente a los Pliegos de Peticiones y Conflictos Laborales. 

miércoles, 19 de octubre de 2016

CERVECERÍA REGIONAL EN TOTAL CONTUMACIA Y REBELDÍA CON LA LEY

Como en un Estado Sin Ley; así actúa hoy Cervecería Regional frente a sus Trabajadores y ante los órganos que intervienen en la defensa de sus derechos laborales; pero nadie escapa de la verdad y la justicia cuando prevalece la razón.


En las últimas semanas la Inspectoria del Trabajo de Maracaibo ha ejecutado ordenes emitidas por este órgano administrativo, dirigidas a restituir a los Trabajadores la situación jurídica infringida por el Patrono, quien ha desacatado cada una de las disposiciones que en base a lo establecido en la Ley, han favorecido a los afectados. 

El caso mas reciente es el de la Trabajadora Ileana Morillo, que al momento de ejecutarse la desmejora denunciada, la Empresa acató la orden de la Inspectoria del Trabajo en todos sus términos, y en este mismo acto solicitó 14 días para calcular los salarios dejados de percibir por la Trabajadora en cuestión,  para luego pagar y cerrar con esto el expediente que reposa en la sede de Maracaibo de este órgano administrativo. Agostado el término la representación patronal no acudió al acto que pondría fin al proceso, quedando así nuevamente en desacato ante la Ley. 

Casos similares es el de los Trabajadores Ángel Fuenmayor, Henry González, Eduardo Pirela y la compañera Mairim Morales, que hoy esperan la providencia administrativa que ratifique el desacato de la Empresa para su posterior ejecución de acuerdo a lo establecido en la LOTTT.


En este sentido, los representantes legales de los Trabajadores que se encuentran inmersos en estos procedimientos, impulsan las sanciones legales que corresponden en estos casos, tanto administrativas como judiciales. La primera con multa que va de 60 a 120 UT, y la segunda con arresto policial de 6 a 15 meses, la cual es tramitada por el Ministerio Público a fin del ejercicio de la acción penal correspondiente, por el incumplimiento u obstrucción a la ejecución de los actos emanados de las autoridades administrativas del trabajo (Artículo 538 LOTTT).

Por otra parte, C.A. Cervecería Regional al desacatar ordenes o decisiones que ha dictado la Inspectoria del Trabajo, se expone a que su Solvencia Laboral sea revocada por irrespeto a los derechos laborales de sus Trabajadores. La Solvencia Laboral constituye un requisito imprescindible para celebrar contratos, convenios y acuerdos con el Estado, por lo que resultaría indispensable para el buen desarrollo de sus procesos administrativos y de producción.


Nuestro equipo verificó por el portal del MINPPTRASS el estatus de la Solvencia Laboral de Cervecería Regional y como pueden ver en la imagen que arriba se muestra, hoy la Empresa se encuentra "solvente" razón por la cual en los próximos días estaremos solicitando a la Inspectora del Trabajo, la revocatoria de este documento de carácter obligatorio para las Empresas que deseen contratar con el estado. 

Nuestra Organización Sindical trabaja en todos los medios que esté a nuestro alcance para hacer valer los derechos de los Trabajadores, porque convencidos estamos que la vía legal es la idónea para denunciar todas las irregularidades que esta Empresa ha cometido en contra de su personal. Mientras tanto a los Trabajadores le hacemos el llamado a mantenerse atentos a las indicaciones que la Junta Directiva Sindical proponga en la  lucha por lo que nos corresponde!

lunes, 17 de octubre de 2016

TENEMOS ASAMBLEA DE TRABAJADORES!

La Junta Directiva de nuestra Organización Sindical ha publicado por sus medios informativos la convocatoria a la Asamblea General de Trabajadores programada para el sábado 22 de octubre de 2016, a celebrarse en el Club Regional a las 10:00 am. 


El principal punto a tratar en esta Asamblea General de Trabajadores es la presentación, discusión y aprobación del Pliego de Peticiones que nuestro Sindicato propondrá con carácter conflictivo ante la Inspectoria del Trabajo, una vez sea aprobado por la mayoría de los Trabajadores.

En esta reunión explicaremos cual es el alcance de un Pliego de Peticiones con carácter conflictivo y su tramitación ante el órgano competente. Así mismo expondremos cuales son las clausulas del Contrato Colectivo que se incluirán en dicho pliego, las cuales están siendo incumplidas por la Empresa. 

El llamado es a todos los Trabajadores afiliados a nuestra Organización Sindical a asistir a esta Asamblea General cuyo propósito es inédito en la historia sindical de Cervecería Regional. Asiste, participa, asume el protagonismo en la lucha por la defensa de nuestros derechos y beneficios laborales. Solo nosotros somos responsables de nuestro destino!