Le presentamos al Abg. Gustavo Pérez, Gerente de CC.HH en Cervecería Regional planta Maracaibo, con escasos meses en el cargo y una mediana data de conflictos con el Sindicato y los Trabajadores, los nunca presentados durante los años de gestión del Lic. Jesús Finol y la Lic. Regina Afkerian en la misma Gerencia. Curiosamente desde la llegada de esta persona al cargo, la relación Empresa - Sindicato se han venido tornando difícil por la manera tan particular de dirigir la Gerencia que se encarga de recibir, tramitar y dar respuesta a los requerimientos de los Trabajadores por medio de su Organización Sindical.
Esta Junta Directiva Sindical, y así lo hemos demostrado, se ha caracterizado por ser responsable, creyente del dialogo y la conciliación, como mejor vía para dar respuesta a los Trabajadores, sin ánimo de imponer nuestras aspiraciones ya que nuestras solicitudes son fundamentadas en base a la realidad, la Ley y nuestra Convención Colectiva. Así trabajamos y de esto parte el éxito de las negociaciones que hasta ahora hemos concretado, muchas veces sin necesidad de acudir a un tercero que intervenga en la solución de nuestros asuntos, lo demuestra así, más de 4 años de gestión sindical sin un solo pliego conflictivo, ningún laudo arbitral y dos Contratos Colectivos firmados que ademas de brindar beneficio y bienestar a los Trabajadores y sus familias, han generado el mejor ambiente de trabajo posible en la áreas operativas de planta Maracaibo y los Centros de Distribución.
Todo esto se pone en riesgo cuando la otra parte, llámese la representación patronal, actúa con ánimo de imponer sus pretensiones, pasando por encima de toda norma básica que rige la relación de trabajo con el colectivo y sus representantes. Así pues que se presentó la situación que narramos a continuación, la cual ha generado un gran malestar al Sindicato y por ende a los Trabajadores.
En Cervecería Regional históricamente los Trabajadores que conforman la Junta Directiva del Sindicato, no se diferencian del resto en cuanto a los beneficios económicos y socio económicos que perciben de acuerdo a lo contemplado en la Convención Colectiva. Es así que el salario de los Dirigentes Sindicales es el mismo que se establece en el tabulador de puestos y salarios, sin ubicarse en un nivel o denominación especial, es decir, quien ocupa un puesto dentro de la Junta Directiva Sindical cobra como ayudante, operador de maquinas, mecánico u otro cargo que se encuentre en alguno de los seis niveles del tabulador.
En Cervecería Regional planta Maracaibo, donde están adscritos la mayoría de los Trabajadores que integran la Junta Directiva del Sindicato, es común el trabajo en los días de descansos y feriados, cuyo pago se realiza con los recargos establecidos en el Contrato Colectivo, beneficios a los cuales a los lideres sindicales también se les ha venido otorgando, siempre y cuando las áreas a las que están adscritos los Trabajadores en cuestión, se encuentren operativas o en labores de mantenimiento en estos días de jornadas extraordinarias, independientemente de la función que estos cumplan como representantes de los Trabajadores.
Resulta que, la Empresa representada por el Abg. Gustavo Pérez notificó al Sindicato que ahora en adelante a los miembros de su Junta Directiva, no se les cancelará estos beneficios contractuales por considerar estos pagos, no ajustados a derecho de acuerdo a su vaga interpretación. Nosotros explicamos a quien pueda interesar cual es nuestro criterio al respecto:
- El Abg. Gustavo Perez expresó recientemente mediante lectura de la clausula 96 de la vigente Convención Colectiva: Permisos Sindicales, que a los Trabajadores miembros de la Junta Directiva del Sindicato, no les corresponde cobrar los beneficios que se generan por la labor en los días de descanso y feriados, por gozar nosotros de licencia permanente con pago a salario promedio. Citamos el contenido textual de la clausula para luego hacer nuestro comentario:
"La Empresa concederá una licencia permanente a tiempo completo a los siete miembros principales de la Junta Directiva del Sindicato, pagadas a salario promedio y a dos vocales, cuando deba suplir a algunos de los miembros principales de la Junta Directiva por vacaciones o goce de descansos compensatorios (...)"
Ciertamente, los miembros que conformamos la Junta Directiva Sindical tenemos licencia permanente (termino que se refiere a los permisos sindicales) con pago a salario promedio, pero la misma clausula no señala que este pago se limita únicamente a los días hábiles o jornadas ordinarias de trabajo, por lo que se puede entender que los días de descanso y feriados trabajados también son cancelados a salario promedio, tal como lo indica las clausulas 68, 69 y 72 de la vigente convención.
- Por otra parte, sí a los Trabajadores miembros de la Junta Directiva del Sindicato se les venía cancelando desde hace más de 4 años, los recargos correspondiente a los días de descansos y feriados trabajados, se puede tomar este reiterado comportamiento como USO Y COSTUMBRE, fuente del derecho del trabajo que frente a otra fuente como la Convención Colectiva, se aplica la que más favorece al Trabajador en caso de que la norma este sometida a varias interpretaciones (principio in dubio pro operario). Para el Abg. Gustavo Pérez el aforismo USO Y COSTUMBRE no existe (así lo expresó en reunión con el Sindicato) cuando nuestra propia Convención Colectiva la reconoce y la establece en su artículo 6:
"Todo beneficio establecido en esta Convención o en Convenios Colectivos anteriores o mediante uso y costumbre que no haya sido modificado en este documento, permanecerá vigente e inalterable hasta tanto sea modificado o sustituido por otro u otros en los términos y condiciones aquí previstos."
El Sindicato solo exige respeto a los beneficios laborales, no exigimos bonificaciones especiales ni prebendas que ponga en juego nuestra dignidad y honra. Ante una violación a la Ley de este tipo, es nuestro deber acudir a los órganos competentes en reclamo de nuestros Derechos, como si lo hiciéramos en nombre de nuestros representados, porque somos un grupo de Trabajadores más, que no goza de privilegios distintos a los que hemos logrado en el Contrato Colectivo y otros convenios.
No se trata de diferencias de criterio porque para eso están los órganos administrativos y judiciales, se trata de respeto entre las partes, en el mantenimiento de las buenas relaciones de negociación. Para ocupar un cargo gerencial no es primordial tener 4 carreras y 6 post grados, se necesita mucho tacto para manejar al personal y las situaciones que se presenten, y Gustavo Pérez carece de esto tan elemental.
Nuestro trabajo no lo vamos a dejar de hacer si lo que quieren es presionarnos por el bolsillo, para vernos arrodillados a los pies de quienes representan a la Empresa, le recordamos a las "mentes brillantes" de Cervecería Regional que estuvimos año y medio afuera, sin percibir salario, sin apoyo aparente de los Trabajadores, sin los conocimientos que hasta ahora hemos adquirido, sin embargo hoy estamos aquí con nuestra frente en alto, representando a quienes están dispuestos a defender sus logros y no dejarse amañar por estrategias malintencionadas del patrono.
2 comentarios:
Amigos y compañeros el nuevo gerente de recursos humanos está quitando las guardias a los integrantes del sindicato y no todos gozamos de ese beneficio, considero que el beneficio debe ser para todos ya que somos un equipo de trabajo grande y todos aportamos un grano de arena en la producción diaria . No sólo porque afecte los intereses y sus ingresos estén con esto TODOS tenemos derecho a que se nos rote, no es justo que haya excepciones es cierto que hay departamentos que no lo ameritan pero el derecho al pago de las guardias es de todos y esta establecido en el contrato.
La directiva del sindicato debe tomar las riendas del asunto con respecto al pago de las guardias a los trabajadores que no gozan de ese beneficio ya que la situación país cada día nos consume
"Si HENRY GONZALEZ, toma cartas en el asunto progresamos todos ya que es una de las personas que escucha y lucha por los beneficios del trabajador"
Gracias y Buenas tardes!
Saludos al compañero del comentario anterior y a todos quienes nos siguen por este medio de comunicación.
Nos gustaría saber cual es su caso en particular, en que centro de trabajo y departamento labora y demás detalles del cargo que ocupa para evaluar su situación.
Ciertamente, como usted bien lo indica, hay centros de trabajo y departamentos que no amerita la rotación de guardias por las características del mismo, por ejemplo: Los Centros de Distribución foráneos, la romana y el taller de carpintería y pintura de planta Maracaibo. En nuestra Convención Colectiva no está contemplado el pago de guardias si efectivamente no se han laborado, caso excepcional es la Licencia de Permisos del cual se benefician los directivos sindicales, por lo que nos toca corregir su idea y planteamiento, sin embargo en estos casos procuramos ayudar de otra manera a los compañeros que no tienen rotación.
El reclamo que hace la Junta Directiva en la publicación donde usted ha comentado, tiene que ver con un Derecho Adquirido que de un "plumazo" nos han arrebatado. Queda entender su caso, si usted venía rotando y por cualquier circunstancia dejó de hacerlo, pudiéndose considerar esto una desmejora perfectamente reclamable.
Gracias por comentar!
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