Surtracrev Sindicato: diciembre 2017

domingo, 31 de diciembre de 2017

MENSAJE DE FIN DE AÑO 2017


Desear un feliz año nuevo en medio de la actual crisis económica, política y social que atraviesa Venezuela, la cual se prevé que se agudizará en los próximos meses, pudiera resultar irónico y sarcástico para los más pesimistas; pero la fecha es propicia para renovar nuestra fe y cargarnos de buena vibra para iniciar el 2018 con la mejor disposición a pesar de la situación que temporalmente nos adversa.

Nuestra organización sindical les desea a todas las familias venezolanas, especialmente a la de los trabajadores de C.A. Cervecería Regional, mucha salud, unión y hermandad para salir adelante con la fortaleza y seguridad que sólo nos puede brindar nuestros seres queridos. 

Reciban de los miembros de la junta directiva de SURTRACREV un abrazo de año nuevo y los mejores deseos para todos.

miércoles, 27 de diciembre de 2017

EVENTOS DE FIN DE AÑO CIERRAN CON LA FIESTA DE PLANTA MARACAIBO


La fiesta de fin de año para los trabajadores de planta Maracaibo fue programada inicialmente para el sábado 16 de diciembre de 2017, pero debido a su suspensión por motivos ajenos a nuestra voluntad, se realizó el sábado 23 de diciembre en el Salón Venezuela del Palacio de Eventos de la ciudad de Maracaibo, en víspera de la navidad. 


El evento que comenzó a la 1:00 pm. contó con la actuación de las agrupaciones musicales "Amilquita y la Gozadera" y la "Unity Band" quienes animaron la fiesta durante las 6 horas de su desarrollo. Los trabajadores asistieron con sus parejas, tal como lo establece la vigente convención colectiva y la organización del evento que estuvo a cargo de la empresa y el sindicato.

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miércoles, 20 de diciembre de 2017

¿QUE PASÓ CON LOS DOMINGOS COMO FERIADOS?

Luego de la sentencia de la Sala de Casación Social del TSJ sobre el caso Luis Osorio o el pago de los domingos como feriados,  el sindicato mediante correspondencia al departamento legal de la empresa solicitó el cumplimiento del acuerdo, donde el patrono se comprometió a aplicar los efectos de dicha sentencia a los casos análogos en Cervecería Regional planta Maracaibo y sus centros de distribución. Ante el silencio del departamento legal, cuya respuesta esperábamos en el comité de seguimiento y evaluación del contrato colectivo, el sindicato consideró pertinente esperar la negociación del proyecto de convención 2018 - 2020 para que la empresa, en esta mesa, diera una respuesta definitiva sobre el caso en cuestión. Instalada la mesa de negociación del nuevo convenio colectivo, y presentada la propuesta del sindicato de discutir en primer lugar las cláusulas más importantes del proyecto, entre estos puntos se incluyó el caso de los domingos como feriados, exhortando a la empresa a dar respuesta sobre el mismo en esta oportunidad. Una vez que el patrono respondió a la solicitud del sindicato, se manifestó en cuanto al tema que durante todo el 2017 los trabajadores hemos esperado.

A pesar que los términos del acuerdo al cual se llegó en la negociación del contrato colectivo 2015 - 2018 especifica que el criterio que se tomaría en cuenta para hacer valer el derecho al resto de los trabajadores, era el dispuesto en la decisión definitivamente firme de la Sala de Casación Social del TSJ; pues ahora de acuerdo a la interpretación de la empresa, esta considera que posterior a esta fase del proceso queda una etapa judicial para entender como definitiva esa sentencia, según ella la solicitud de revisión constitucional de la decisión de la Sala de Casación Social, la cual ratificó el criterio de los tribunales de instancia. 

Obviamente, el sindicato difiere de tal apreciación de la empresa, primero por violentar flagrantemente el acuerdo y segundo, por considerar inoficioso la acción que pretenden interponer ya que, como lo ha establecido reiteradamente la mismísima Sala Constitucional del TSJ:
“La revisión no es un recurso ejercido ante un órgano judicial superior con la pretensión de que se analice nuevamente la controversia, sino que procede en casos excepcionales de interpretación y violación de principios y normas constitucionales.” - Sentencia Nro. 2.943 de 14 de diciembre de 2004.
A  nuestra consideración, en la controversia del pago de los domingos como feriados, la sentencia que la aclara a favor del compañero Luis Osorio y por ende al resto de los trabajadores, no se violenta ningún principio ni norma constitucional ya que las sentencias dictadas por los tribunales de instancia, además de cumplir con todos los requisitos de forma y de fondo, están fundamentadas estrictamente en el criterio jurisprudencial del TSJ y lo convenido por las partes en los contratos colectivos que se han aplicado en C.A. Cervecería Regional planta Maracaibo.

Así pues, y ante la posición errónea que ha asumido la empresa en este momento a no expandir los efectos de la sentencia del caso Luis Osorio al resto de los trabajadores, el sindicato se ve en la obligación de activar nuevamente el órgano jurisdiccional impulsando cuantas demandas sean necesarias, a los fines de hacer valer el derecho a los trabajadores que corresponda, conforme al acta convenio de los domingos como feriados, los contratos colectivos y la ley.

Desde ya, la junta directiva sindical y sus abogados planifican la forma de interponer las demandas y de cursar los procesos judiciales que se iniciaran a principio del año 2018. Insistimos en el rescate de los derechos laborales que nos corresponden, como parte de nuestras funciones como dirigentes responsables al servicio de los trabajadores.

martes, 19 de diciembre de 2017

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DEL ACTA CONVENIO DICIEMBRE 2017


En las asambleas parciales extraordinarias de trabajadores celebradas recientemente en planta Maracaibo, donde el sindicato presentó con detalles la propuesta acordada entre las partes en la mesa de negociación, que inicialmente se instaló con el objeto de discutir el proyecto de convención colectiva 2018 - 2020; Henry González, Secretario de Organización del sindicato, quien expuso la mayor parte del contenido de la propuesta, señaló las ventajas y desventajas, que a consideración de la representación de los trabajadores, tiene el acta convenio que propone la prórroga de la convención colectiva 2015 - 2018 y mejoras en algunas cláusulas de índole salarial y carácter social que beneficia a los trabajadores a corto plazo, sin necesidad de agotar el lapso de negociación establecido en el artículo 441 de la LOTTT (180 días continuos).

Entre las ventajas González señaló:
  1. Aumento salarial extra-contractual que oscila entre un 216,67% y un 424,85%, con aplicación inmediata desde el 1 de diciembre del año en curso, incluso antes del vencimiento del contrato colectivo 2015 - 2018, sin agotarnos en una negociación que hubiese podido prolongarse por 180 días (6 meses). Sin duda alguna, esta es una de las ventajas más significativas del acta convenio, por lo que representa en este momento para los trabajadores un incremento salarial en medio de la crisis económica que nos agobia, sobre todo en este último mes del año.
  2. Primer ajuste salarial dentro de dos meses a la firma del acta convenio, es decir, el 1 de febrero de 2018 un incremento del 35% y posteriormente, ajustes de frecuencia trimestral para el 1 de mayo de un 35%, para el 1 de agosto de un 38% y para el 1 de noviembre de un 40%. Si bien es cierto, estos ajuste parecen no ser suficientes para el venidero año que se prevé un año muy difícil para la economía venezolana, sin embargo, superan lo que hasta ahora se ha concretado en las convenciones colectivas anteriores, dada las circunstancias económicas actuales y las que se esperan en los próximos meses.
  3. Aumento de la base del salario para la negociación del nuevo contrato colectivo en el 2018. A medida que la base salarial sea más alta, es más alcanzable un salario mayor. Partimos de este principio con miras a lo pudiéramos alcanzar en la próxima negociación de la convención colectiva 2019 - 2021.
  4. Reconocimiento a los cargos de mayor rango en el tabulador de puestos y salarios. Con este acta convenio se distingue notablemente los niveles del tabulador, con respecto a la remuneración salarial que se les otorga a cambio de la prestación de servicio. Sin ánimo de menospreciar el trabajo de ningún trabajador, ni discriminar su condición, es justo que un técnico, por ejemplo, gane más que un trabajador que no tiene los mismos conocimientos en determinada materia. 
  5. Movimientos dentro del tabulador de los obreros de depósito del nivel 2 al nivel 4, de los operadores de montacargas del nivel 4 al nivel 5 y de los vigilantes del nivel 3 al nivel 4. En principio, estas mejoras fueron pensadas para los trabajadores de los centros de distribución, sin embargo los operadores de montacargas y vigilantes de planta Maracaibo también son beneficiarios de estos movimientos. 
  6. Reinicio de las negociaciones colectivas tres meses antes al vencimiento de la prórroga del vigente contrato colectivo, es decir, la mesa de negociación del contrato colectivo se instalaría nuevamente el jueves 4 de octubre de 2018. 
  7. Posibilidad que tiene el sindicato de actualizar el proyecto de convención colectiva dentro de los tres meses antes del reinicio a las negociaciones del nuevo contrato colectivo, es decir, el sindicato podrá presentar ante la Inspectoría Nacional del Trabajo una actualización de los términos del proyecto de convención colectiva 2018 - 2020 a partir de julio de 2018. 
  8. Durante la prórroga, se mantendrá vigente el fuero sindical especial que otorga la ley mientras se tramita una convención colectiva y hasta el término de sus negociaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 419 numeral 9 de la LOTTT. 
Así mismo, el Secretario de Organización del sindicato en su exposición señaló un par de desventajas que a consideración del equipo sindical, tiene el acta convenio suscrito por las partes y aprobado mayoritariamente por los trabajadores: 
  1. Hay quienes podrán ver como una desventaja suspender las negociaciones y prorrogar la vigencia de la convención colectiva hasta el 31 de diciembre de 2018, sin embargo si se hace un exhaustivo análisis de la situación, esta propuesta pudiera ser beneficiosa, incluso para el sindicato y los trabajadores, en el sentido que hoy, en estos tiempos tan difíciles y de mal augurio para el 2018, no se estarían "amarrando" durante 24 meses como mínimo, beneficios que difícilmente soportarían los efectos de una brutal crisis económica con características hiper inflacionarias jamás vista en Venezuela; en cambio la prórroga que se presenta permitiría al menos negociar una nueva convención colectiva con el conocimiento de lo ocurrido durante los tres primeros trimestres del año, donde se esperan acontecimientos que pudieran aclarar el panorama para el año 2019 y siguientes. En conclusión, suspender las negociaciones hasta el 4 de octubre de 2018, no es un perjuicio para los trabajadores.
  2. Ante la necesidad de proteger nuestro salario frente al alto costo de la vida, sin lugar a dudas , se considera una desventaja para el acta convenio diciembre 2017, la inexistencia de mecanismos capaces de mantener el poder adquisitivo de los trabajadores en el año 2018 que se torna extremadamente difícil para los asalariados de Venezuela; sin embargo, el trabajo apenas comienza, el año nuevo será de mucho dinamismo, de trámites, solicitudes que pudieran canalizarse a través del comité de seguimiento y evaluación del contrato colectivo que se celebra semanalmente entre empresa y sindicato, en búsqueda de contrarrestar los efectos de esta difícil situación, sin aspirar salir ilesos de una condición macro económica que a todos nos afecta por igual, en la proporción de las responsabilidades que tiene cada uno de los venezolanos. 

lunes, 18 de diciembre de 2017

UN RESUMEN DE LO ACONTECIDO EN LA MÁS RECIENTE NEGOCIACIÓN (+ACUERDOS)

Con la presentación del proyecto de convención colectiva 2018 - 2020 ante la Inspectoría Nacional del Trabajo con sede en la ciudad de Caracas, el 19 de julio de 2017 inició el proceso que nos condujo a la más reciente negociación que se materializó en un acta convenio que mejora considerablemente los ingresos de los trabajadores en un corto plazo, sin perjuicio al derecho de negociar un nuevo contrato colectivo en el año 2018.


Admitido el proyecto de convención colectiva presentado oportunamente por el sindicato, la mesa de negociación se instaló el 8 de septiembre de 2017 en la sede de la Inspectoria Nacional del Trabajo, donde luego de un par de reuniones se acordó trasladar la mesa a las instalaciones de Cervecería Regional planta Maracaibo, donde tradicionalmente se han negociado las convenciones colectivas de trabajo para los trabajadores de esta empresa.

Fue el 2 de noviembre de 2017 que inició formalmente la negociación del nuevo contrato colectivo en planta Maracaibo con la participación de todo el equipo sindical, incluyendo asesores y trabajadores de base quienes actuaron como testigos garantes del proceso. El sindicato no tardó en agilizar la negociación y en la segunda sesión celebrada el 9 de noviembre de 2017, hizo un planteamiento a través de su secretario de organización, Henry González, la cual se redujo en el acta en los siguientes términos: 
“En vista que, la calidad de vida y el poder adquisitivo del trabajador de Cervecería Regional se ha venido deteriorando en la medida en que se ha agudizado la situación económica del país; y aunque la presente convención colectiva fue un logro para los trabajadores, los beneficios alcanzados comenzaron a rezagarse a partir del incremento acelerado en el nivel de precios de los productos de la canasta básica familiar, aunado al hecho de no contar con mecanismos que permitieran ajustar el valor económico de las distintas cláusulas contractuales; el sindicato propone a la mesa de negociación debatir en primer lugar las cláusulas más importantes del proyecto de convención colectiva 2018 - 2020 que a consideración del mismo son: cláusula 52, aumento de salario; cláusula 42, comedor; cláusula 43, subsidio familiar; cláusula 33, seguro HCM; cláusula 37, póliza funeraria; cláusula 25, útiles escolares; cláusula 26, becas; cláusula 77, bono de transporte; cláusula 79, incentivo por asistencia al trabajo y la cláusula 80, reconocimiento por productividad. Así mismo, el sindicato considera oportuna la instalación de esta mesa de negociación para determinar las premisas en las que se le dará cumplimiento al acta convenio de fecha 5 de agosto de 2015, suscrito por las partes en medio de la negociación del vigente contrato colectivo, el cual se refiere al pago de los domingos como feriados conforme a lo establecido en la cláusula 69 de la actual convención."
A esta propuesta del sindicato, la empresa se comprometió a dar respuesta oportuna dada la naturaleza de la solicitud que buscaba mejorar el ingreso de los trabajadores a muy corto plazo, sin agotar el tiempo en la discusión de cláusulas menos relevantes para sus necesidades, tomando en consideración que generalmente las negociaciones de convenciones colectivas comienzan con el debate de las cláusulas de menor peso económico, hasta llegar a las de mayor importancia sobre este aspecto.


Mientras la empresa hacía las consultas a su alta gerencia con relación al planteamiento del sindicato, en las siguientes reuniones la negociación del proyecto fue desarrollándose normalmente, donde se discutieron cláusulas como: definiciones, disposiciones generales, marco de las relaciones entre las partes, compromiso con el trabajo, entre otras que permitieron avanzar mientras esperábamos la respuesta del patrono que cambiaría el rumbo de la negociación. 

En la quinta sesión de negociación celebrada el lunes 27 de noviembre de 2017, la empresa respondió a la solicitud del sindicato con una propuesta que fue afinada a medida que avanzaban las sesiones de trabajo. En principio la propuesta del patrono se basada en prorrogar la vigencia de la convención colectiva con base a lo establecido en el artículo 435 de la LOTTT, a cambio de ciertas mejoras de algunos beneficios contractuales de carácter económico y socioeconómico.


En un amplio debate donde se manejaron varias propuestas y contra-propuestas de las partes, finalmente se acordó presentar a los trabajadores la siguiente proposición:
  • Prorrogar la vigencia de la convención colectiva 2015 - 2018 por un año, desde el 1 de enero de hasta el 31 de diciembre de 2018. 
  • Suspender la negociación del proyecto de convención colectiva 2018 - 2020 hasta el 4 de octubre de 2018, el cual podrá ser actualizado por el sindicato dentro de los tres meses antes del reinicio de las negociaciones. 
  • Mantener vigente el fuero sindical especial que se le otorga legalmente a los trabajadores durante la tramitación y hasta el término de la negociación de una convención colectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 419 literal "f" de la LOTTT. 
  • Aumentar, a través de un acta convenio, el salario básico de los trabajadores desde un 216,67% hasta un 424,85% a partir del 1 de diciembre del 2017.
  • Aumentos trimestrales a partir del 1 de febrero de 2018 de 35%, 35%, 38% y 40%.  
  • Modificar el tabulador de salarios de tal manera que la diferencia salarial entre un nivel y otro sea significativa de acuerdo a las características del cargo. 
  • Elevar en el tabulador a los obreros de depósito del nivel 2 al nivel 4, a los operadores de montacargas del nivel 4 al nivel 5 y a los vigilantes del nivel 3 al nivel 4. 
  • Mejoras en las cláusulas becas, transporte y bono de asistencia, así como otorgar un bono por la firma del acta convenio.
Con el fin de hacer la debida consulta a los trabajadores, a partir del lunes 4 de diciembre del año en curso, el sindicato en asambleas parciales extraordinarias realizadas en las instalaciones de planta Maracaibo, presentó la propuesta trabajada en la mesa de negociación sometiéndola a voluntad de la mayoría, quienes aprobaron el contenido de la misma cerrando así un capítulo de esta importante fase para la clase trabajadora de esta empresa.


En esta oportunidad, los trabajadores hemos demostrado un alto nivel de conciencia de clase al tener una visión clara y precisa para la toma de decisiones a pesar de las circunstancias que hoy nos adversan. Una vez más hemos tomado el camino correcto que nos conduce a mejorar nuestras condiciones laborales por la vía que siempre nos ha dado mejores resultados. 

El trabajo no termina aquí, nuestra vista debe estar puesta en el año que nos espera, que aunque esté lleno de dificultades, superaremos de la mejor manera posible. 

En las próximas entregas analizaremos los pro y los contra del acta convenio suscrita por las partes, y aprobada por la mayoría de los trabajadores; así como la respuesta de la empresa con relación al pago de los domingos como feriados. Continúen en línea con nosotros!

sábado, 16 de diciembre de 2017

PROGRAMACIÓN DE EVENTOS PARA ESTA SEMANA


Hoy, 16 de diciembre de 2017 se celebrarán las fiestas de fin de año para los trabajadores de Cervecería Regional de la región andina en tres localidades distintas para la comodidad y pleno disfrute de los asistentes. Para hoy también estaba programada la fiesta de fin de año para los trabajadores de planta Maracaibo y los centros de distribución del estado Zulia, excepto los de la Costa Oriental del Lago, pero por razones ajenas a nuestra voluntad fue suspendida para el sábado 23 de diciembre. 

Los lugares de los eventos de la región andina son: 

Andes I: Club Los Tres Soles - Valera.
Andes II: Club La Pedregosa - Mérida.
Andes III: Club La Estancia Andina - San Cristóbal.

Las fiestas comenzarán a la 1:00 pm. y se extenderán hasta las 7:00 pm. cuyo alcance será similar para todas las festividades. 

Esta semana también los hijos de los trabajadores de los centros de distribución de la Costa Oriental del Lago disfrutarán de su fiesta navideña en el Jardín Las Hadas a partir de las 9:00 am.

viernes, 15 de diciembre de 2017

LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES DISFRUTARON DE SU FIESTA NAVIDEÑA 2017

El pasado 9 de diciembre en distintas localidades del occidente del país, los hijos de los trabajadores menores de 13 años disfrutaron de su fiesta navideña correspondiente al año 2017, tal como lo establece la cláusula 50 de la vigente convención colectiva. 


Los hijos de los trabajadores de planta Maracaibo y los centros de distribución del estado Zulia, excepto los de la Costa Oriental del Lago, disfrutaron del evento en las instalaciones del conocido Club Campestre La Romareña con todo un despliegue de distracciones para los pequeños de la casa. 


Con musicales navideños, piscina, inflables, juegos acuáticos y de campo, además de las acostumbradas golosinas, los niños pasaron un día distinto con la compañía de sus padres y representantes. Santa Claus llenó de magia, alegría e ilusión a los presentes en el evento que se extendió hasta las 4:00 pm. desde las 10:00 am.


Los invitamos a seguirnos por nuestras redes sociales para ver más fotos y vídeos del evento, y la galería completa en nuestra pagina en Facebook: @Surtracrev. Arriba se muestra un vídeo con algunos de los momentos que se vivieron en esta fiesta infantil. 


Simultáneamente se celebraban las fiestas navideñas infantiles en las regiones de Falcón, Táchira, Mérida y Trujillo, con un alcance similar a lo ofrecido en Maracaibo, en lugares adecuados para el sano disfrute de nuestros niños y la participación de los padres, quienes fueron la principal garantía de que los eventos se desarrollaran de la mejor manera. 

A pesar de las adversidades hemos rescatado las fiestas de calidad que durante un par de años no se realizaron por diversas razones que no vale la pena mencionar. Lo importante es que este año los hijos de los trabajadores disfrutaron hasta más no poder de los eventos que contractualmente se merecen.

sábado, 9 de diciembre de 2017

LOCALIDADES DE LAS FIESTAS DE NAVIDAD PARA NUESTROS HIJOS


SURTRACREV anuncia las localidades definitivas de las fiestas navideñas infantiles 2017 a celebrarse este sábado 09 de diciembre:

Planta Maracaibo: Club Campestre La Romareña.
Falcón: Hotel Cumberland.
Valera: Club Los Tres Soles.
Mérida: Parque Mucusari.
San Cristóbal: Club La Estancia Andina.

Los eventos tendrán un horario de 9:00 am. a 4:00 pm. A los hijos de los trabajadores y su representante se les garantizará el traslado al lugar de la fiesta y retorno al momento de terminar las actividades, tal como lo establece la vigente convención colectiva.

Lleva a tu hijo menor de 13 años de edad a disfrutar de su fiesta navideña, y el sábado 16 nos toca a nosotros, en nuestra fiesta de fin de año 2017.

viernes, 8 de diciembre de 2017

HEMOS LLEGADO A UN ACUERDO!

Empresa y sindicato llegamos a un acuerdo en cuanto al acta convenio que propuso prorrogar la vigencia de la convención colectiva 2015 - 2018 en atención a lo establecido en el artículo 435 de la LOTTT. Así mismo, las partes finalizamos con éxito el proceso de negociación que mejora los beneficios económicos y socioeconómicos que regirán a partir del 1 de diciembre del año en curso hasta el vencimiento de la prórroga establecida en el acta convenio. 

El sindicato consultó a los trabajadores convocando con carácter de urgencia asambleas parciales extraordinarias en planta Maracaibo donde explicó el alcance de la misma, y la sometió a la voluntad de la mayoría resultando aprobada la propuesta que mejora considerablemente los ingresos de los trabajadores, mientras se retoma la negociación del nuevo contrato colectivo en octubre de 2018. 


En esta negociación hemos demostrado un alto nivel de conciencia de clase al tener una visión clara y precisa para la toma de decisiones a pesar de las circunstancias que hoy nos adversan. Los trabajadores una vez más hemos tomado el camino correcto que nos conduce a mejorar nuestras condiciones laborales por la vía que siempre nos ha dado mejores resultados. 

El trabajo no termina aquí, nuestra vista debe estar puesta en el año que nos espera, que aunque esté lleno de dificultades, superaremos de la mejor manera posible.

domingo, 3 de diciembre de 2017

SEGUIMOS NEGOCIANDO!


En la reunión del pasado jueves 30 de noviembre, empresa y sindicato avanzan en la intención de ofrecer a los trabajadores mejoras en los principales beneficios del contrato colectivo de forma inmediata, sin perjuicio al derecho de negociar una nueva convención en todo su contexto en el momento que las partes acuerden. 

Esta reunión se prolonga hasta el lunes 4 de diciembre a las 9:00 am. donde la empresa responderá a una serie de observaciones que el sindicato hizo a la propuesta presentada por el patrono.

Del apuro queda el cansancio y el sindicato se toma su tiempo para alcanzar el mejor de los beneficios extracontractuales para los trabajadores de Cervecería Regional planta Maracaibo y sus centros de distribución.