Surtracrev Sindicato: ¡EL ACOSO LABORAL NO VOLVERÁ!

domingo, 6 de enero de 2013

¡EL ACOSO LABORAL NO VOLVERÁ!

La nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras -promulgada el 1 de mayo de 2012- aborda directamente el acoso laboral. Es así como en el texto se define y se establecen las sanciones correspondientes a los patrones o representantes del patrono que incurren en esa vieja práctica. 

La ley prohíbe tanto el acoso laboral como el sexual en los centros de trabajo y establece sanciones. Define acoso laboral como el hostigamiento o conducta abusiva ejercida en forma recurrente o continuada por el patrono o sus representantes, que atente contra la dignidad o la integridad biopsicosocial de un trabajador... La norma establece que el Estado, los trabajadores, sus organizaciones sociales, los patronos, quedan obligados a promover acciones que garanticen la prevención, la investigación, la sanción, así como la difusión, el tratamiento, el seguimiento y el apoyo a las denuncias o reclamos. (Art. 164-166)

Si se toma en cuenta que el espíritu manifiesto del legislador es reconocer el trabajo como un proceso social libre de perturbaciones que degraden las condiciones del ambiente laboral, las cuales al mismo tiempo pudieran afectar la salud integral de trabajadoras y trabajadores, se hace necesario que se comiencen a organizar los colectivos de trabajo que, en atención al artículo 166 de la misma LOTTT y bajo una iniciativa de contraloría social, se identifique y denuncie al acosador o acosadora para que enfrente las sanciones contempladas en la ley.

Si el caso estuviere circunscrito a un organismo público, la sanción, además, debe contener de forma expresa la prohibición del infractor o infractora de ejercer nuevamente un cargo en organismo alguno; aquí también se sugiere revisar la trayectoria de quien infringe porque, seguramente, ya es público en Internet sus acciones de acoso y maltrato laboral en cargos anteriores dentro de la Administración Pública Nacional, APN.

Lástima que el ámbito de aplicación de la Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en vigencia dentro de todo el territorio nacional, no se pueda extender allende fronteras venezolanas con la entusiasta solidaridad que pudiera ayudar a nuestras hermanas y nuestros hermanos del mundo, porque aquí en Venezuela si es verdad que tenemos la seguridad que si se puede construir una nueva sociedad más humana con justicia, equidad e inclusión- el acoso laboral o trato indigno contra los trabajadores y trabajadoras ¡No volverá!

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