Surtracrev Sindicato: junio 2016

lunes, 27 de junio de 2016

ES JUSTO Y NECESARIO: SINDICATO SOLICITA REVISAR EL AUMENTO SALARIAL DE JULIO '16

Garrafal e impredecible, así podemos definir los cambios negativos que la economía venezolana ha sufrido en los últimos meses, afectando a todos los Venezolanos por igual, principalmente a los Trabajadores dependientes a un patrono, los cuales nos regimos por contratos individuales de trabajo o colectivos, mientras la galopante inflación no va a la par con los salarios acordados y establecidos.


Tomando en cuenta esta realidad, SINTRACREZ por medio de un escrito dirigido a la Gerencia de Capital Humano y Departamento Legal de planta Maracaibo, solicitó a la Empresa la revisión del aumento contractual del próximo 1 de julio dado los altos indices de inflación registrados en los últimos meses, los cuales se han visto reflejado fuertemente en los productos de la canasta básica y en otros rubros necesarios para la subsistencia del venezolano, sin tomar como referencia los constantes y elevados incrementos de precios de nuestros productos (cerveza y malta) en el mercado.

Más allá de mencionar cifras oficiales de inflación, así como aquella que es inducida por los fenómenos que también atentan contra la economía como el desabastecimiento y especulación, cifras que por demás son alarmantes, tomamos como dato y punto de comparación, lo que los Trabajadores de Cervecería Regional para la firma del vigente Contrato Colectivo (Octubre 2015), ganábamos de salario básico con respecto al salario mínimo nacional y sus variaciones hasta la fecha:

  • En octubre 2015 los Trabajadores de Cervecería Regional devengábamos en promedio un salario básico de 20.636,5 Bs. cuando el salario mínimo nacional se ubicaba en 7.421,6 Bs, es decir, los Trabajadores de Cervecería Regional ganábamos 278% por encima del salario mínimo para la fecha. 
  • Desde enero 2016 los Trabajadores de Cervecería Regional devengamos en promedio un salario básico de 24.635,2 Bs. cuando el salario mínimo nacional se ubicaba en 9.648,2 Bs. hasta mayo de este mismo año que se ubicó en 15.051 Bs. es decir, los Trabajadores de Cervecería Regional de enero a mayo ganábamos 256% por encima del salario mínimo nacional y desde mayo hasta la fecha esta brecha se redujo a 163%
  • Con el aumento del 1 de julio del 20% los Trabajadores de Cervecería Regional devengaremos en promedio un salario básico de 29.838 Bs. que comparado con el salario mínimo que hoy está establecido (15.051 Bs.), la diferencia es de 198% con tendencia a seguir bajando este porcentaje en los próximos meses, si las políticas del ejecutivo nacional se siguen repitiendo con respecto a los ajustes del salario mínimo nacional.
Es claro como se ha visto afectado el salario de los Trabajadores de Cervecería Regional en comparación con el salario mínimo nacional, el cual tomamos como referencia en la negociación del vigente Contrato Colectivo, siendo este el producto de la realidad inflacionaria que hoy atraviesa el país como principal factor que influye negativamente el poder adquisitivo de los Venezolanos y por ende nuestra calidad de vida. 

Nuestra solicitud está fundamentada en razones económicas y carece de argumentación jurídica alguna, por ser una petición atípica pero necesaria, cuyo principal objetivo es netamente humanitario y de supervivencia que atañe tanto a los Trabajadores, sus familias y a la Empresa como un "todo", ya que hoy está en juego por factores externos su propia subsistencia, que pasa necesariamente por el reconocimiento y a poyo a los Trabajadores que hacemos vida en Cervecería Regional, como principal fuerza motora de la producción.

Esperamos que nuestra solicitud sea atendida por la Empresa y recibamos de ella una respuesta satisfactoria.

lunes, 13 de junio de 2016

SOBRE EL PAGO DEL PASIVO DEL CESTATICKET

El pasado viernes 10 de junio de 2016 fue cancelada la segunda porción del pasivo por concepto de Cestaticket durante el periodo comprendido entre el 22 de octubre de 2015 a abril 2016.


Si bien es cierto logramos que este pasivo laboral se calculara a la última unidad tributaria (177 Bs.) también debemos tomar en cuenta que la Ley de Alimentación para los Trabajadores, hoy Cestaticket Socialista, ha sido reformada con el pasar del tiempo cambiando la base de cálculo de este beneficio.

POR EJEMPLO:
La Ley vigente establece que el Cestaticket debe calcularse a 3.5 UT, es decir, 177 Bs. x 3.5 UT = 619,5 Bs. por día; pero en el año 2012 este parámetro era de 0,25 UT a 0,50 UT que a efectos del cálculo de este pasivo laboral se toma el valor mínimo (de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley que rige este beneficio y la jurisprudencia) entonces, 0.25 UT x 177 Bs. = 44.25 Bs. por día. Obviamente existe una diferencia por las variaciones que han sufrido la base de cálculo en la Ley que rige la materia en cada una de las épocas.

Por otra parte, también debemos tomar en consideración el tiempo que el Trabajador estuvo ausente de su puesto de trabajo durante el periodo que se ha calculado este pasivo, resumiendo que, mientras más ausente estuvo el Trabajador por vacaciones, suspensiones o permisos, más será el monto a cobrar por este concepto adeudado por la Empresa.

¡Es tu derecho conocer que te están pagando! Si tienes dudas dirígete al departamento de personal y solicita la información detallada de tu pago. La Empresa se comprometió con el Sindicato generar un comprobante de pago donde se especificará cada detalle del pasivo laboral cancelado, el cual será entregado en los próximos días.

El 1 de julio de 2016 será cancelada la tercera y última porción de este pasivo laboral, donde se pagara el Cestaticket correspondiente a los días de descanso compensatorios disfrutados, además de la diferencia generada en el mes de mayo por el mal pago de este concepto al personal que se encuentra hoy de vacaciones. 

Si esta información es insuficiente o necesitas asesoría personalizada sobre este tema, estamos a la orden en la Oficina Sindical de planta Maracaibo.