Surtracrev Sindicato: HABLEMOS DE SALARIO (+ANÁLISIS, CRONOLOGÍA Y GRÁFICAS COMPARATIVAS)

martes, 13 de octubre de 2015

HABLEMOS DE SALARIO (+ANÁLISIS, CRONOLOGÍA Y GRÁFICAS COMPARATIVAS)

Acabamos de cerrar las negociaciones del Contrato Colectivo 2015 – 2017, el cual se concretó en 2 meses de amplios debates y discusiones, sobre todo en aquellas clausulas que se consideran las mas importantes de la convención, entre ellas su "médula espinal": SALARIO.


En esta entrega haremos un profundo análisis del salario logrado en la mesa de negociación, del cual serán beneficiario los Trabajadores de Cerveceria Regional planta Maracaibo y sus Centros de Distribución a partir del 1 de octubre de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2017. También, mediante un esquema cronológico explicaremos como se desarrolló la negociación del salario acordado, así como la explicación de gráficas comparativas con otros salarios de Empresas del mismo sector cervecero.


Como ya es sabido por todos y tal como se expuso en la Asamblea General del pasado domingo 27 de septiembre, nuestro salario básico sera incrementado en el nivel mas bajo del tabulador de la siguiente manera:
  • Octubre 2015: 285 Bs. (71%)
  • Enero 2016: 136,97 Bs. (20%)
  • Julio 2016: 164,36 Bs. (20%)
  • Enero 2017: 246,54 Bs. (25%)
  • Julio 2017: 369,81 Bs. (30%)
Globalmente, este incremento salarial representa un aumento en los tres primeros meses de convención de 422 Bs. (105%) y durante toda su vigencia de 1.203 Bs. (400%), siendo los ajustes salariales mas altos en la historia de Cerveceria Regional planta Maracaibo y de todas las Empresas a nivel nacional, ya sea del mismo sector de la bebida o de cualquier otro sector productivo del país.

En una economía de Estado donde sus indices de inflación no son actualizados ni publicados periódicamente por el Órgano Rector, llámese Banco Central de Venezuela, para nosotros los Trabajadores es difícil determinar nuestros incrementos salariales en base al INPC (Indice Nacional de Precios al Consumidor), ya que su variación es desconocida por los Venezolanos que ademas estamos siendo victimas de fenómenos especulativos que sin duda influye en la misma economía. Ante esta realidad, quienes tenemos la responsabilidad de negociar los beneficios contractuales de los Trabajadores, actualmente no tenemos como referencia un parámetro real inflacionario mas allá del costo de la canasta básica, el cual varia también dependiendo de la fuente que se extraiga, ya que ninguna fuente oficial ha publicado indices al respecto.

Contra esta adversidad, estuvo la disposición de hacer un buen trabajo y alcanzar el mejor salario posible para beneficio de los Trabajadores, con proyección a futuro de modo a contrarrestar los impactos económicos que podamos sufrir a corto y mediano plazo, manteniendo firme nuestro interés de ser beneficiarios del mejor Contrato Colectivo a nivel nacional.

Seguidamente presentaremos un breve historial de las conversaciones que se llevaron a cabo para acordar el salario que hoy nos beneficia:
  • La Empresa conociendo nuestra propuesta salarial del proyecto de Convención Colectiva, hizo una primera contra propuesta de: 168 Bs. en octubre 2015 con cuatro aumentos semestrales de 20%, y 27 meses de duración de contrato. Esta propuesta fue rechazada por el Sindicato.
  • Posteriormente, cuando se habló nuevamente de salario la Empresa presentó una nueva propuesta: 282 Bs. en octubre con cuatro aumentos semestrales de 20%, y 27 meses de duración de contrato. Ante este planteamiento el Sindicato propuso que el primer aumento se otorgara en enero 2016 con el fin de acortar el tiempo de ese primer ajuste, ademas de aspirar que los aumentos fuesen cada 4 meses y la convención tuviese una duración de 2 años. Ante esto, la Empresa accedió al aumento del 20% en enero 2016, pero manteniendo los aumentos siguientes semestrales y la duración en 27 meses.
  • Cuando se iba a "trancar el serrucho" se presentó en la mesa una buena solución donde las partes cederían en cierta medida a sus pretensiones, rindiéndole honor al arte de negociar. El Sindicato cedería a los 27 meses de duración si los aumentos del año 2017 fuesen en mayor proporción a los del año 2016 y así la Empresa lo consideró, ellos accedieron a incrementar el salario en enero 2017 en un 25% y en julio del mismo año en un 30%, quedando en estos términos aprobada parcialmente la clausula  .
  • El ultimo día de las negociaciones se "raspo la olla" y se logró sumar 3 Bs. más al primer aumento contractual para ubicarse en 285 Bs. quedando así la clausula en definitiva.


Estos aumentos salariales nos permiten vernos reflejados en esta gráfica por encima de nuestros compañeros de planta Cagua durante la vigencia de nuestra Convención. En el cuadro comparativo que abajo del gráfico se muestra, podemos ver los salarios y la diferencia entre estos en los meses donde se ajustan tanto en planta Maracaibo como en planta Cagua. El valor que se muestra para julio 2017 en la barra de planta Cagua, es referencial ya que para entonces ellos tendrán una nueva Convención Colectiva que empezará a regir en marzo de ese mismo año, sin embargo cuando eso suceda nuestro salario estará 245,97 Bs. por encima del salario de planta Cagua, sirviendo esto de "colchón" para que la diferencia de salarios en esta oportunidad no sea tan abismal como históricamente ha pasado, la cual se mantiene por 10 meses. Con esto funciona la estrategia que nos habíamos planteado para satisfacción nuestra y la de nuestros compañeros de trabajo, quienes confiaron en nosotros en la negociación del Contrato Colectivo que les proveerá bienestar y calidad de vida a la familia.


En esta otra gráfica comparativa incluimos los salarios de la competencia de planta Maracaibo, representada con la barra color gris cuya diferencia es notable  con respecto a los salarios de Cerveceria Regional planta Maracaibo (barra azul) y planta Cagua (barra anaranjado). Queda demostrado que la Convención Colectiva que acabamos de aprobar es la mejor a Nivel Nacional, sin menospreciar el trabajo de nuestros compañeros dirigentes sindicales de otras Empresas, quienes de una u otra forma pueden tomar como patrón nuestro contrato para exigir beneficios a sus afiliados. 

MISIÓN CUMPLIDA!

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