Tal como ocurría en el pasado, donde en Cervecería Regional planta Maracaibo los Trabajadores eran victimas de practicas indebidas por hacer uso de su derecho a afiliarse a la Organización Sindical de su preferencia, hoy los Trabajadores y Trabajadoras de nomina mensual están siendo victimas también de estas prácticas que la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras en su articulo 362 define como prácticas antisindicales.
La Gerencia de RR.HH de planta Maracaibo, encabezada por la Lic. Regina Afkerian en conchupancia con los jefes de departamentos integrados por Trabajadores y Trabajadoras de nómina mensual, se han dado a la tarea de presionar a los mismos con el objeto de lograr la desafiliación a la Organización Sindical que les abrió las puertas para representarlos dignamente en la defensa de sus derechos e intereses.
Los Trabajadores y Trabajadoras de nómina mensual haciendo valer su derecho individual a la libertad sindical (Articulo 355, numeral 2, LOTTT), en su mayoría acudieron y se afiliaron a SINTRACREZ con el propósito de pertenecer a una Organización Sindical que los represente en la negociación de una futura convención colectiva como derecho fundamental consagrado en el articulo 431 de la LOTTT, pero hoy sus intenciones se han visto truncadas y constreñidas por la acción de la patronal al injerir indebidamente en la voluntad de los Trabajadores y Trabajadoras, siendo esta una causal que lesiona claramente el derecho a la libertad sindical (Articulo 362, numeral 3).
Los Trabajadores y Trabajadoras afiliados al Sindicato están siendo discriminados, ya que según la Lic. Regina Afkerian y los jefes de departamentos, los Trabajadores y Trabajadoras en esta condición no serán tomados en cuenta para optar por cargos superiores, medida excluyente que ha creado incluso un ambiente hostil de trabajo a razón del constante hostigamiento de la Empresa en contra de los Trabajadores y Trabajadoras, los cuales también están siendo victimas de acoso laboral (Articulo 164, LOTTT).
Por otra parte, la Empresa se ha tomado la atribución de suspender el descuento de las cuotas sindicales de los Trabajadores y Trabajadoras que no han completado los requisitos que exige el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales para hacer efectiva la desafiliación a un Sindicato, por lo tanto Cervecería Regional también está violando lo estipulado en el articulo 412 de la LOTTT.
SINTRACREZ fija posición al respecto y rechaza estas acciones del patrono en contra de los nómina mensual quienes en su mayoría cuentan con una larga experiencia en sus puestos de trabajo y ahora por el hecho de estar sindicalizados están siendo tachados y calificados como Trabajadores que no gozan de la entera confianza de la Empresa. Veamos que dicen las instituciones del estado ante esta situación que atenta contra los derechos, la moral y el profesionalismo de este grupo de Trabajadores y Trabajadoras.
RODILLA EN TIERRA EN LA
DEFENSA DE LA LIBERTAD SINDICAL!
1 comentario:
POR ESO ES QUE CON EL PATRONO AUNQUE SUENE FUERTE DECIRLO, SE DEBE EJERCER PRESION CONSTANTE, LAMENTANDOLO MUCHO EN ESTE PAIS PARA QUE UNA EXIGENCIA LABORAL SEA OIDA Y TOMADA EN CUENTA SE DEBE TENER CASI SIEMPRE UNA ACTITUD HOSTIL POR PARTE DEL SINDICATO Y SUS AGREMIADOS, YA QUE EL EMPRESARIO VENEZOLANO EN SU MAYORIA NO LE DA SU JUSTO VALOR A LA CLASE OBRERA Y DESPRECIA LAS FORMAS DE ORGANIZACION POPULAR LLAMESE SNDICATOS, ASAMBLEAS DE TRABAJADORES ETC, EN OTRA PALABRAS ELLOS ACCEDEN A LAS PETICIONES ES CUANDO SE LE PRESIONA DE UNA U OTRA FORMA.
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